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Normatividad Agropecuaria

Agustín Cabral Martell

LA VERIFICACIÓN EN MATERIA DE SANIDAD VEGETAL

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) debe aprobar, organizar, verificar, inspeccionar y normar la operación de organismos nacionales de normalización, organismos de certificación, unidades de verificación y laboratorios de pruebas en materia de sanidad vegetal. Así como lo hace en materia de sanidad animal, lo anterior debido a la apertura comercial que se está dando entre México y otros países, así como los esquemas de descentralización promovidos por el Gobierno Federal, por lo tanto, es necesario fortalecer y ampliar los servicios fitosanitarios que presta el sector oficial a los productores e importadores de productos agrícolas e insumos. De esta manera se fomentará la participación del sector privado en actividades de manejo integrado de plagas.

Lo anterior en base a la Norma Oficial Mexicana NOM-035-FITO-1995, cuyo objetivo es establecer los requisitos y especificaciones fitosanitarias para la aprobación de personas físicas como unidades de verificación, esto quiere decir que el Ingeniero Agrónomo tendrá otra opción más para su ejercicio profesional.

La aplicación de las disposiciones contenidas en la Norma compete a la Dirección General de Sanidad Vegetal, así como a las delegaciones estatales de la Sagarpa, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y circunscripciones territoriales.

Esta misma norma establece una serie de términos que se tendrán que entender para su aplicación y que algunas de ellas se encuentran contenidas en la Ley de Sanidad Vegetal, entre ellas: Actividades fitosanitarias, Aprobación, Calidad fitosanitaria, Campaña fitosanitaria, Carrera afín, Carta de aprobación, Carta compromiso, Cédula de aprobación, Certificación fitosanitaria, Certificado fitosanitario, Comité, Cuarentena vegetal, Evaluación, Informe de actividades, Inspección, Insumo fitosanitario, Interés directo, Medidas fitosanitarias, Movilización, Norma oficial, Organismo auxiliar, Organismo de certificación, Persona física, Plaga, Plaguicida, Producto vegetal, Profesional fitosanitario, Puntos de verificación interna, Renovación, Servicios fitosanitarios, Sistema Nacional de Aprobación Fitosanitaria, Subproducto vegetal, Técnicas fitosanitarias, Tratamiento, Unidad de verificación, Verificación y Verificación en origen.

Las materias que deben ser aprobadas para ser sujeto de verificación son:

Las que se refieren a las campañas nacionales contra: las moscas de la fruta, el amarillamiento letal del cocotero, el carbón parcial del trigo, la broca y roya del cafeto, plagas del algodonero, la roya blanca del crisantemo y plagas de las ornamentales, la mosquita blanca, la sigatoca negra del plátano, la roya lineal amarilla de la cebada, la langosta, la chinche café del sorgo, el virus tristeza de los cítricos. Y por otra parte la certificación fitosanitaria de semilla de papa, certificación fitosanitaria de semillas, manejo fitosanitario de la fresa, manejo fitosanitario del aguacatero, verificación en origen de granos y subproductos, certificación de estudios para el establecimiento de límites máximos de residuos, estudios de efectividad biológica de plaguicidas, signatario de diagnóstico fitosanitario, signatario de análisis de residuos de plaguicidas, evaluador de laboratorios fitosanitarios, y otras que determine la Secretaría.

La aprobación de las personas físicas como unidades de verificación, la otorgará la Secretaría, previo dictamen del Comité, y esta será por materia específica en los temas mencionados anteriormente y de esta manera serán reconocidas como unidades de verificación, pudiendo obtener una o varias aprobaciones en las diferentes materias que se señalan en el punto anterior.

El Comité de Evaluación de Protección Fitosanitaria es un organismo de apoyo a la Secretaría, cuyo objetivo es evaluar y dictaminar por materias específicas de aprobación a personas físicas para operar como unidades de verificación.

Se integrarán como parte del Comité: a los especialistas en sanidad vegetal, organizaciones de productores y universidades e institutos de enseñanza agrícola superior que impartan la especialidad de parasitología. Sus responsabilidades y funciones serán de acuerdo al Reglamento Interno del propio Comité.

Los requisitos para ser aspirante a aprobación como unidades de verificación son:

a) Ser ingeniero agrónomo especialista en fitosanidad o profesionista de otra carrera con postgrado en fitosanidad o ser profesionista de carrera afín con experiencia demostrable mínima de tres años en la materia de aprobación.

b) Constancia de participación en el último año, en algún evento de actualización técnica relacionado con la materia en que desea ser aprobado.

c) Solicitud y ficha de registro debidamente requisitada para ingresar al Sistema Nacional de Aprobación Fitosanitaria, disponibles en la Dirección General de Sanidad Vegetal y las Delegaciones Estatales de la Secretaría.

d) Copia del título profesional.

e) Copia de la cédula profesional.

f) Curriculum vitae y documentación que lo avale.

g) Tres fotografías tamaño infantil a color directo.

h) Aprobar con un mínimo de 80/100 la evaluación general para obtener dictamen aprobatorio del Comité.

Así que todo Agrónomo interesado ya sabe que tiene un gran compromiso profesional en materia de sanidad vegetal y de gran responsabilidad, porqué la misión es que los alimentos de origen vegetal lleguen sanos a la mesa del consumidor.

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