TORREÓN, COAH.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila (CDHEC) emitió la recomendación 018/2007 dirigida al secretario de Gobierno del Estado de Coahuila, por omisiones de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) de Torreón.
Además, se recomendó se inicie un procedimiento administrativo disciplinario en contra del presidente de la JLCA y de quienes hayan incurrido en la omisión de no haber dictado oportunamente un laudo.
De acuerdo con el comunicado de la CDHEC de fecha 15 de enero de 2008, dicha recomendación derivó de la queja presentada por el señor Roberto Kassem Braham Aguilar, el cual reclamó que en juicio laboral que promovió en contra de una empresa para la que laboraba y de la que fue despedido injustificadamente, no se había dictado el laudo correspondiente a pesar de haberse cerrado la etapa de instrucción desde septiembre de 2006.
Por lo que a la fecha de la recomendación, que fue notificada el nueve de enero del año 2007, había transcurrido más de un año sin que se dictara la resolución correspondiente, lo cual vulnera los derechos de legalidad y seguridad del reclamante (Roberto Kassem Braham Aguilar), pues de acuerdo con el Artículo 685 de la Ley Federal del Trabajo, se establece que el proceso del derecho del trabajo, será público, gratuito e inmediato.
Se destaca en el comunicado que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila, propuso al presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, la solución de la queja a través del procedimiento de conciliación, con objeto de que a la brevedad posible se emitiera el laudo correspondiente.
Sin embargo, no fue posible subsanar la deficiencia, por lo que se recomendó al secretario de Gobierno, a cuyo cargo se encuentran las autoridades del trabajo, que instruya al presidente de la JLCA de Torreón, para que emita a la brevedad posible, el laudo dentro del juicio laboral iniciado por Braham Aguilar.
La autoridad dispone de un término de quince días a partir de la notificación (15 de enero de 2008) para informar a la Comisión si acepta dicha recomendación, en cuyo caso, deberá informar posteriormente del cumplimiento que haya dado a la misma.