La fracción de Convergencia en la Cámara de Diputados propuso una sanción de hasta ocho años de cárcel a los hombres que maltraten mujeres, tengan o no relación de parentesco, laboral o de pareja.
La diputada María del Carmen Salvatori Bronca dijo que la reforma que se analiza en comisiones agrega que por violencia familiar se considera todo acto u omisión físico o moral que se ejerce contra un miembro de la familia por otro integrante de ésta contra su integridad física, psíquica o ambas, independientemente de que pueda producir o no lesiones.
"Por violencia contra la mujer se considera todo acto abusivo de poder u omisión intencional dirigido a dominar, someter, controlar o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio familiar", destacó en entrevista en el Palacio Legislativo de San Lázaro.
De acuerdo con la reforma, comete el delito de violencia contra la mujer quien, sin importar que tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o mantengan o hayan tenido una relación de hecho, le provoque violencia de cualquier tipo.
"A quien cometa el delito de violencia contra la mujer se le impondrán de uno a ocho años de prisión" así como se le sujetará a tratamiento psicológico especializado.
Una vez hecha la denuncia por la parte ofendida, en cualquiera de los delitos descritos, el proceso se seguirá de oficio, salvo que la víctima sea menor de edad o incapaz, cuando se perseguirá de oficio.