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Que no te amarguen la fiesta; defiende tus derechos en antros

Que no te amarguen la fiesta; defiende tus derechos en antros

Que no te amarguen la fiesta; defiende tus derechos en antros

CRISTAL BARRIENTOS

Ante los días de fiesta que se viven en La Laguna por la “fiebre del futbol”, la Profeco aprovecha para recordarle a los jóvenes que tienen derechos como consumidores en los antros, bares y discotecas, en donde no se les puede discriminar por su apariencia o condición social, y menos beber elevadas cantidades de alcohol.

Sergio Lara Galván, subdelegado de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en Torreón, señala que en esta temporada muchos jóvenes aprovechan para salir a divertirse a los antros, lugares en los que, en algunas ocasiones, se muestran renuentes a cumplir con la normatividad y las regulaciones generales establecidas por la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC).

El funcionario explicó que los consumidores cuentan con el poder de exigir que se respeten incondicionalmente sus cinco derechos básicos en los antros: el primero es muy claro porque el personal de los negocios no puede seleccionar a las personas que pueden entrar o no.

“Las personas que quieren ingresar al antro lo pueden hacer libremente, si se les niega la entrada se lleva a cabo un acto de discriminación. La Ley Federal de Protección al Consumidor establece en su Artículo 58 que “El proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquier otra particularidad”, agregó Lara Galván.

Además, la Ley señala que los proveedores de servicios tampoco podrán seleccionar a la clientela, reservar el derecho de admisión ni excluir a personas con discapacidad, salvo por causas que afecten la seguridad o tranquilidad del establecimiento y a sus clientes. Sólo se puede negar la entrada a un establecimiento si la persona se encuentra en evidente estado de ebriedad, bajo la influencia de alguna droga o en caso de que porte armas.

El segundo derecho de los consumidores es el siguiente: el personal del negocio no puede dar mesa sólo si la persona compra una botella, pues la mesa forma parte indispensable del servicio; tampoco pueden condicionarle la compra de alcohol.

El tercer derecho establece que los precios deben estar a la vista o en la carta, y es aplicable a todos los productos que se vendan dentro del antro como bebidas alcohólicas por botella o por copa, refrescos, jugos, agua embotellada, cajetillas de cigarros, así como el costo de cada platillo o botana, además de los servicios de guardarropa y estacionamiento con el precio por hora y fracción.

Asimismo, se puede exigir que el establecimiento haga válidas las promociones especiales con que suelen atraer a la clientela, como la “hora feliz” de bebidas al 2 X 1 o ciertos días de la semana en que no se cobra “cover”.

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