Dos jueces dieron el revés a 32 mil amparos contra el IETU.
Dos jueces federales resolvieron no amparar a 32 mil empresarios que impugnaron el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU).
La revisión definitiva de este impuesto, el más impugnado en los últimos años, quedó a cargo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual atraerá las sentencias de los jueces para emitir un criterio uniforme en este asunto en los próximos meses. El IETU entró en vigor a partir de enero de 2008 y fue uno de los impuestos que más cuestionó el sector empresarial, ya que limitó o condicionó los conceptos en los que pueden deducir los empresarios.
Por la dimensión de las demandas, el Consejo de la Judicatura Federal tuvo que crear dos juzgados especializados para llevar juicios de amparo que se promovieron por el IETU. La primera vez que hizo algo similar fue cuando tuvo que hacer frente a las miles de demandas que se presentaron en contra de las reformas al sistema de pensiones del ISSSTE.
Los juzgados Quinto y Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, fueron los encargados de resolver las demandas y llegaron a la conclusión de que el IETU no viola la Constitución, tras declarar infundados los argumentos para pedir la anulación del mismo.
En sus sentencias se explicó que sólo se pagará el que resulte más alto: El ISR o el IETU.
Los jueces precisaron que, contrario a lo que afirmaron los empresarios, “la tasa única que contempla sí atiende la posibilidad de pago de cada sujeto obligado en la medida en la que para obtener el impuesto a su cargo se aplican las deducciones autorizadas, que dependerá de la distinta capacidad de los contribuyentes”.