La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reanudará sus actividades este miércoles al designar como presidentes de su Primera y Segunda Salas, por dos años, a los ministros Sergio Valls Hernández y Fernando Franco González Salas, respectivamente.
Los dos ministros con menos antigüedad en la Corte –Valls tiene tres años en el cargo y Franco uno- se encargarán de dirigir las áreas encargadas de resolver los asuntos de tipo civil, penal, laboral y administrativo del máximo tribunal del país.
Para su funcionamiento, la SCJN opera en Pleno y en dos Salas. En el Pleno, integrado por sus 11 integrantes, se ha caracterizado en los últimos años por resolver básicamente conflictos generados entre los distintos poderes y niveles de gobierno, y de revisar las leyes que se le denuncian por contener presuntamente vicios de inconstitucionalidad.
Y las dos Salas, que operan con cinco ministros cada una, en los últimos años, se han convertido en el espacio en el que se resuelven la mayoría de los juicios que afectan directamente a la población, porque tienen que ver con la defensa de derechos constitucionales protegidos a través del juicio de amparo.
Esta última función que han adquirido las Salas ha sido ampliamente cuestionada por abogados de distintos sectores, pues consideran que el Pleno de la Corte ha relegado su función de protectora de las garantías constitucionales de la población para dedicarse a la resolución de los conflictos gubernamentales.
En especial porque si bien las Salas han emitido criterios que han ayudado a garantizar la protección de distintos derechos protegidos por la Carta Magna, también, se estima, que han emitido decisiones que significan un retroceso para la protección de los mismos.
Por ejemplo, durante el 2007, la Primera Sala, encargada de los asuntos civiles y penales, fue ampliamente criticada por abogados constitucionalistas como Arturo Zaldivar, por haber aprobado una tesis obligatoria para todos los jueces del país en la que determinó que para aprobar el divorcio por causa de violencia intrafamiliar, no bastaba con que el cónyuge agredido narrara los hechos, sino que tenía que detallar el tiempo, la forma y el lugar en el que ocurrieron los hechos.
Esta decisión también fue criticada por organismos no gubernamentales e instituciones encargadas de proteger a las mujeres víctimas de violencia, porque consideraron que con esta medida se hacia prácticamente imposible que se aprobaran los divorcios por causa de violencia intrafamiliar porque difícilmente se podría comprobar esta causal.
La diferencia en el manejo de asuntos entre el Pleno y las Salas es notoria. De acuerdo con el último informe de labores que rindió el presidente de la SCJN, Guillermo Ortiz Mayagoitia, durante el 2007 el Pleno realizó 122 sesiones públicas, en las que se resolvieron 313 asuntos de diversa naturaleza.
En cambio, la Primera Sala celebró 40 sesiones y en ellas resolvió mil 698 asuntos de su competencia; mientras que la Segunda Sala sesionó 36 veces y resolvió mil 850 asuntos.
Durante el 2007 la Primera Sala se encargó de fijar criterios importantes en asuntos como la sustracción internacional de menores; la prohibición de la censura previa; el derecho de los niños a la identidad; el concepto de vida privada; la igualdad de hombres y mujeres; así como diversos temas en materia familiar.
Y la Segunda Sala, por su parte, se encargó de resolver básicamente los juicios que se promovieron en contra de diversos impuestos y fijó criterios importantes sobre el principio de presunción de inocencia, la relación entre los derechos reconocidos por la constitución y aquellos garantizados en los tratados internacionales, así como en relación al Tratado de Libre Comercio de América del Norte.