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Revocan multas a PAN y PRD por spots

Niegan registro a 
partido sinarquista  
Por unanimidad la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó la decisión del Instituto Federal Electoral de negar el registro a la Unión Nacional Sinarquista, bajo el título de “Solidaridad”, como nuevo partido político nacional. (El Universal)

Niegan registro a partido sinarquista Por unanimidad la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó la decisión del Instituto Federal Electoral de negar el registro a la Unión Nacional Sinarquista, bajo el título de “Solidaridad”, como nuevo partido político nacional. (El Universal)

Agencias

Por unanimidad, los magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocaron las sanciones del Instituto Federal Electoral a PAN, PRD y PT, por presuntas infracciones a la Ley electoral y a la Constitución por el uso de frases como “violentos” o “presidente legítimo de México” en sus promocionales de televisión.

Los magistrados coincidieron, luego del análisis de los spots del PAN, por un lado, y del PRD y PT, por otro, que esa palabra o esa frase por sí mismas, y en el contexto en que se utilizaron en medio de un debate intenso por la reforma energética, no pueden ser consideradas como denigrantes ni para el PRD ni para la Presidencia de la República.

El PAN y el PRD habían sido sancionados por el IFE en mayo y junio pasados con una multa de alrededor de 430 mil pesos cada uno, y el PT por alrededor de 300 mil pesos.

Los magistrados electorales consideraron que las sanciones del IFE no estuvieron debidamente fundadas y motivadas, y que no se acreditó de manera adecuada la presunta violación a los artículos 41 de la Constitución y 38 de la Ley electoral, que prohíben la calumnia a las personas y la denigración de las instituciones.

El ponente en el caso de la revocación a la sanción del PAN fue el magistrado Manuel González Oropeza; en los casos del PRD y el PT, cuyos juicios se acumularon, el ponente fue el magistrado Pedro Esteban Penagos.

En el caso del PRD y el PT, los magistrados sostuvieron que una presunta afectación a la institución presidencial por el uso de la frase “presidente legítimo de México” en un cintillo debajo de la imagen del ex candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador, no se puede sacar por inferencias o derivaciones de una argumentación.

“La inserción de un cintillo que señala o que contiene la frase de presidente legítimo en este contexto y en esta propaganda política, no resulta denigrante, ni en sí misma ni en su contexto, a la institución de la Presidencia de la República, y (…) no hay lesión a institución alguna”, sintetizó Alanís en el caso del PRD.

En el caso del PAN, González Oropeza sostuvo en su dictamen, apoyado por los otros seis magistrados, que el uso del término “violentos” en el spot blanquiazul se dio como reacción a un hecho concreto como fue la toma de las tribunas del Congreso de la Unión por parte de los legisladores perredistas, y dentro de un contexto derivado de la reforma energética.

Exige la Permanente más dinero para IFE

La Comisión Permanente pidió a la Secretaría de Hacienda que otorgue la ampliación presupuestal por mil 453 millones de pesos que le solicitó el Instituto Federal Electoral (IFE), para atender las nuevas obligaciones que tiene.

Según el dictamen aprobado este día sin discusión alguna, las nuevas atribuciones del IFE incluyen la creación del Comité de Radio y Televisión, que aprobará las pautas de transmisión de los programas y mensajes de los partidos.

El IFE deberá contar con los recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales que requiera para el ejercicio directo de sus facultades y atribuciones en materia de radio y televisión.

Presentan reglamento de transmisión de spots

El Instituto Federal Electoral (IFE) obliga a estaciones de radio y televisión que transmiten en territorio nacional en idioma distinto al español, a traducir los spots de los partidos políticos y autoridades electorales, que se incluyan en su programación.

El reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral advierte además que los concesionarios y permisionarios de radio y televisión deben transmitir los mensajes de los partidos aún cuando consideren que su contenido puede ser violatorio de la Ley.

Agrega que los operadores de televisión por cable deberán respetar además la transmisión integra de los canales de televisión abierta que emitan por medio de su equipo y que ningún concesionario o permisionario podrá comercializar los espacios para spots políticos a cargo del IFE.

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Escrito en: IFE SPOTS

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