El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó como efectivo el recurso de impugnacion en el nombramiento de tres consejeros electorales por parte del PT y PRD.
Fue modificado el decreto del Congreso del Estado que deja sin efecto los nombramientos de José Luis Carrillo Rodríguez y Luis Alfredo Fernández Espinoza como consejeros electorales propietarios, y Juan Francisco Vázquez Novoa como suplente. La sentencia fue determinada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), misma institución que ordena al Poder Legislativo local nombrar a nuevos consejeros en los siguientes 15 días naturales una vez que se reciba la notificación.
Tribunal asume que Carrillo tiene vínculos con el PRI
Los magistrados realizaron un amplio debate sobre el recurso de impugnación que interpuso el PT y el PRD en contra del proceso que realizó el Congreso del Estado, para la designación de consejeros electorales. Ahí se aprobó la revocación en el nombramiento de Fernández Espinoza y de Vázquez Novoa, a causa de que no pudieron comprobar su experiencia en materia electoral.
Por otro lado en el caso de Carrillo Rodríguez el debate fue muy amplio, sin embargo, la mayoría consideró que el mencionado sí tiene nexos o vínculos con el PRI, una vez que fue designado representante de este partido durante el 2007.
Si bien el Consejo Estatal Electoral (CEE) certificó que no había constancia de toma de protesta alguna por parte de José Luis Carrillo en los archivos, se consideró que esto no era prueba suficiente para determinar que en la práctica nunca hubiera sido representante. También se dijo que la esencia del artículo 111 fracción séptima del Código Estatal Electoral busca que los consejeros tengan imparcialidad en el desempeño de su trabajo, por lo que no deben tener ningún tipo de vínculo con algún partido político, entre otras cosas.
Se defiende
Todavía no terminaba de leer la sentencia la presidenta del TEPJF, María del Carmen Alanís Figueroa, cuando José Luis Carrillo tuvo contacto con medios de comunicación para decir que no hubo pruebas contundentes para demostrar que él tiene nexos con el PRI.
Explicó que todo se debió a que alguien de este partido político lo nombró como representante electoral, cargo que nunca desempeñó. No quiso dar el nombre de la persona de este partido que en su momento lo nombró en el encargo. Agregó que no regresaría al empleo que desempeñaba como Juez Administrativo, en el Municipio, pues a éste renunció.
Magistrados
Algunos sustentos legales en caso José Luis Carrillo.
Magistrado Sustento legal
María del Carmen Alanís Fue designado representante de partido en el 2007.
Flavio Galván Rivera Se prueba documentalmente por el CEE que
Carrillo no tomó protesta como representante.
Manuel González Oropeza Las dos terceras partes del Congreso aprobaron
el nombramiento de José Luis Carrillo.
Constancio Carrasco Daza No hay constancia de que no haya tenido
representación del partido.
José Alejandro Luna Ramos El CEE no puede certificar más allá de los
expedientes. Y no puede certificar una toma
de protesta que no se da ante esta institución.
Salvador Olimpo Nava Ante vínculo partidista no se garantiza
independencia e imparcialidad en su función.
Fuente: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.