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Sancionarán a quien no pague el IETU: SAT

El SAT invita a todas las personas físicas y morales a pagar el nuevo impuesto antes del 17 de febrero.

El SAT invita a todas las personas físicas y morales a pagar el nuevo impuesto antes del 17 de febrero.

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El próximo 17 de febrero vence el plazo para el pago del nuevo impuesto.

El 17 de febrero próximo vence el plazo para que los contribuyentes paguen por vez primera el nuevo Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), y en caso de incumplimiento serán sancionados con multas que van desde 770 a 10 mil 720 pesos.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) invitó a las personas físicas y morales obligadas a pagar ese gravamen a que se acerquen al organismo recaudador para recibir orientación, ya sea en sus administraciones locales, vía telefónica o a través de Internet.

La Administradora Central de Operaciones de Canales de Servicios, Virginia Casanova Madrigal, recordó que ahora el SAT hace cruces de información, lo cual permite emitir con rapidez los requerimientos de los contribuyentes que incumplan sus obligaciones fiscales.

"De alguna manera se quiere poner ya un poquito más duro el SAT en este sentido, de que a veces criticamos: al fin que no me llega tan rápido algún requerimiento y eso si es que me llega, pues ahora va a llegar con mayor rapidez ese requerimiento", dijo en entrevista. Reconoció que por ser un nuevo impuesto podría haber complejidad para efectuar ese primer pago provisional, pero el SAT ofrece mediante su página en Internet una herramienta que le ayuda al contribuyente a calcular el IETU, lo que en el futuro facilitará su cumplimiento.

Ante la posibilidad de que haya una ola de amparos contra el impuesto, reconoció que los contribuyentes están en su derecho de interponer este recurso, pero precisó que será la Suprema Corte de Justica de la Nación (SCJN) la que en su momento determine si es constitucional o no.

"Nosotros finalmente lo que hacemos es decirles cómo deben de cumplir, el contribuyente decide si se ampara o no, está en todo su derecho, pero realmente nosotros no nos estamos moviendo en función de que vaya a haber o no muchos amparos", manifestó.

Casanova Madrigal recordó que el IETU entró en vigor a partir de enero de este año y por ello los contribuyentes deben efectuar el primer pago provisional y la declaración mensual correspondientes a enero a más tardar el domingo 17 de febrero próximo.

Aunque la fecha límite es el 17 de febrero, aclaró que el SAT ofrece la facilidad de que cuando el sexto dígito numérico del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) termina en uno o dos tendrán un día más después de esa fecha para presentar el pago provisional.

Sigue Habrá multas hasta por... dos... provisional Asimismo, si el RFC termina en tres o cuatro tendrán dos días, en cinco y tres días, 7 y 8 cuatro días, en 9 y 10 tienen hasta cinco días adicionales para poder presentar ese pago provisional o la declaración mensual de enero.

Señaló que están obligadas a pagar este impuesto las personas físicas que presten servicios profesionales, renten bienes inmuebles, realicen actividades comerciales, industriales, agropecuarias, ganaderas y silvícolas.

Además, las personas morales que sean sujetas de ISR, como sociedades mercantiles, sociedades civiles, sociedades cooperativas de producción, asociaciones en participación, entre otras.

Para calcular el IETU, los contribuyentes deberán considerar la totalidad de los ingresos obtenidos efectivamente en un ejercicio menos las deducciones autorizadas del mismo periodo, y al resultado aplicar la tasa de 16.5 por ciento en 2008; de 17 por ciento en 2009, y de 17.5 por ciento a partir de 2010.

Apuntó que el IETU se paga de la misma manera que el ISR y el IVA, por Internet o por ventanilla bancaria, según sea el caso, y para ayudar a los contribuyentes a calcular este nuevo impuesto, el SAT pone a su alcance una herramienta de ayuda.

Una vez hecho el pago, agregó, debe enviar al SAT vía Internet la lista de conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto, el número de operación proporcionado por el banco y la fecha en que pagó, para lo cual tiene como plazo a más tardar el 10 de marzo de 2008.

La Administradora Central de Operaciones de Canales de Servicios del SAT informó que el Código Fiscal de la Federación establece que los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones fiscales en el tiempo que se establece se les impondrá una multa.

Detalló que las multas van desde 770 pesos hasta 10 mil 720 pesos por cada uno de los impuestos, de las cuales la menor se aplica en función de la conducta del contribuyente: la menor a los que por primera vez incumplen y la más alta a los reincidentes.

Tome nota

El SAT invitó los contribuyentes a que se acerquen en caso de dudas, ya sea a través de la página www.sat.gob.mx o en sus módulos de asistencia, pero que no dejen de cumplir con sus obligaciones a fin

de evitarse alguna sanción.

■ Para cualquier duda los contribuyentes pueden llamar al teléfono InfoSAT (01 800 46 36 728) de lunes a sábado de 8:00 a 21:00 horas.

■ Además el SAT también pone a su disposición salas de Internet gratuitas.

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Escrito en: ietu

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