Nacional Salario mínimo Seguridad Narcotráfico Generación Z Pensión Bienestar

SCJN frena revisión a permisos para generadoras de luz

Notimex

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) no puede llevar a cabo revisiones extraordinarias al gobierno federal en materia de otorgamiento de permisos y el cumplimiento de obligaciones de los mismos.

Por una mayoría de ocho votos contra dos, los ministros determinaron que el órgano auditor del Congreso de la Unión no tiene facultades para supervisar el otorgamiento de permisos emitidos por dependencias del gobierno federal de manera extraordinaria, distintas a la revisión de la cuenta pública.

Al invalidar un oficio que obligaba al Auditor Superior de la Federación a revisar el otorgamiento de permisos de generación eléctrica, el cumplimiento de obligaciones de los mismos, la fijación de tarifas y las contraprestaciones, los ministros puntualizaron que no deben existir excepciones en las revisiones anuales.

Siete integrantes del alto tribunal respaldaron el proyecto elaborado por el ministro José Ramón Cossío Díaz, quien propuso al pleno considerar como procedente y fundada la controversia constitucional interpuesta por el Ejecutivo Federal contra dichas revisiones.

Votaron en contra de la propuesta el presidente de la SCJN, Guillermo Ortiz Mayagoitia, quien se pronunció en favor de esas revisiones bajo el argumento de que tienen un propósito distinto al de la revisión de la cuenta pública.

Consideró que las revisiones extraordinarias no tienen fin sancionador, que no son una facultad punitiva sino correctiva sobre las decisiones de las dependencias, y que pretenden "evitar posibles consecuencias".

Asimismo el ministro Genaro David Góngora Pimentel discrepó de la mayoría, y recalcó que la revisión de la cuenta pública tiene como objetivo corroborar la aplicación de los recursos asignados a las dependencias del gobierno federal.

En ese sentido, añadió que la revisión de la cuenta pública "no implica que durante el transcurso del año no hayan existido irregularidades", resultado de decisiones administrativas y que se puedan rectificar a través de la facultad de la ASF.

Leer más de Nacional

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Nacional

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 324712

elsiglo.mx