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Se queja cadena de autoservicio de la Corte

El Universal

Wal Mart de México informó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no escuchó sus argumentos como tercero perjudicado, en el tema relacionado con el canje de vales, el cual anteriormente sólo se podía ser válido por los empleados en las mismas tiendas de la minorista.

De acuerdo con la SCJN, la compañía transnacional aplicó un sistema similar, al de las "tiendas de raya" de la época del porfiriato, pues sus trabajadores debían canjear sus vales de despensa únicamente en las tiendas de autoservicio de la cadena.

Por tal motivo los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal declararon inconstitucional este acuerdo laboral y anularon el llamado Plan de Previsión Social de Wal-Mart, lo que permitirá ahora a los empleados de esta empresa adquirir productos en las tiendas de su elección.

"El día de ayer conocimos por los medios de comunicación la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuya Segunda Sala resolvió un recurso de revisión presentado por un empleado de Wal-Mart de México", manifestó comunicación corporativa de Wal Mart de México.

"Al respecto debemos decir que desconocemos aún el texto de la Segunda Sala ya que no fuimos escuchados por la Suprema Corte de Justicia como tercero perjudicado en este caso", añade el documento.

"No obstante, basados en información publicada por los medios de comunicación entendemos que en su sentencia la Suprema Corte de Justicia declara nulo el convenio firmado voluntariamente por un ex empleado para adherirse a uno de los beneficios otorgados como parte del plan de previsión social de la empresa".

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Escrito en: SCJN autoservicios

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