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Señala Suprema Corte que empresas deben documentar riesgos

Además de documentar accidentes de trabajo

Notimex

México, DF.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que las empresas deben llevar un registro pormenorizado de la siniestralidad del trabajo, con la información que ella misma recabe, la que proporcione el trabajador o sus familiares, o la que elabore el IMSS.

De esta forma, señaló la Corte, se podrá determinar la prima de riesgos de trabajo, y señaló que en caso de que los trabajadores o los familiares no aporten la información necesaria, será el patrón quien deba recabarla del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Subrayó que para que se obtenga con exactitud el monto de la prima, se debe elaborar una fórmula que cuente entre otros datos con el número de trabajadores expuestos al riesgo, el total de días subsidiados a causa de la incapacidad temporal y los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales.

También conformarán esa fórmula el número de defunciones, datos que el patrón está obligado a recabar del IMSS junto con otros elementos necesarios para obtener la cantidad justa de la prima por riesgos de trabajo que se aplicará.

Para dictar esta tesis, la Segunda Sala se basó en el artículo 34 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, que establece que las empresas son las que deben documentar las condiciones del riesgo de trabajo.

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Escrito en: SCJN

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