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Traspiés en radiodifusión electoral

Plaza Pública

Miguel Ángel Granados Chapa

Atención escuelas de derecho: en adelante, junto a las fórmulas Otero y Rejón del juicio de amparo, deberá estudiarse también el “modelo TV Azteca”, consistente en que el quejoso, aun antes de serlo, antes de presentar la demanda respectiva, se otorgue a sí mismo la suspensión del acto reclamado. Ya la empresa de Ricardo Salinas Pliego –que se expande a Brasil en el ramo bancario y a Guatemala en el mercado televisivo— había innovado la práctica legal cuando consiguió que un juez tuviera a los acreedores como accionistas, para apoderarse de la señal del canal Cuarenta. Ahora ha ido más lejos: rehúsa difundir, como es su obligación legal, mensajes de los partidos políticos que le envió el Instituto Federal Electoral. Y ni siquiera inicia el juicio de garantías en que pretende mostrar la arbitrariedad de la nueva legislación y cohonestar su omisión.

Lo peor es que en este caso a lo mejor le asiste la razón. Quizá la pauta de spots fue elaborada sin base legal, pues el Comité de Radio y Televisión del IFE, novísima, pero blandengue autoridad en la materia, carece de regulaciones. A ésa u otra conclusión arribará la justicia federal cuando en efecto busque su amparo la televisora del Ajusco. Por lo pronto, hoy es una contumaz infractora de una norma estrenada con el desdén de los obligados y la tierna decisión de la autoridad de dialogar para conseguir el acatamiento de la ley.

Conforme a la Constitución, reformada en septiembre, y el nuevo código electoral, en vigor desde enero, la propaganda de los partidos en los medios electrónicos no es materia de comercio: no se puede comprar ni vender tiempo para spots políticos. Nadie puede contratarlos, ni los partidos políticos ni persona alguna. La única propaganda política que escucharán y verán los receptores será hecha llegar a los concesionarios por el Instituto Federal Electoral, que administra directamente una porción de los tiempos del Estado en esos medios.

El 12 de marzo debió abrirse esa nueva página en la historia electoral y de los medios. Pero Televisa y Grupo Imagen (que operan radio y televisión) y TV Azteca prefirieron mantenerla cerrada. No sólo no transmitieron entonces, y en las dos semanas siguientes un instante del material enviado por la autoridad electoral, sino que la empresa de Salinas Pliego ni siquiera recibió los mensajes de que fue portador el IFE. Tal vez conscientes de sus propios yerros, los responsables de la difusión en vez de aplicar la ley casi pidieron disculpas a los infractores. Sus buenos modos fueron parcialmente eficaces, o eso parece: el martes 25, anteayer apenas, el órgano electoral dijo tener “conocimiento de que los grupos Televisa e Imagen están cumpliendo al ciento por ciento con la pauta de transmisión de spots del propio instituto y de los partidos políticos durante los tiempos asignados por la autoridad electoral”. El lacónico recado nada dice sobre los mensajes omitidos en las semanas anteriores, ni sobre las sanciones a los concesionarios por su infracción (que asciende a 50 mil salarios mínimos en tratándose de radio y el doble en el caso de la televisión, apenas poco más de cinco millones de pesos, cifra insignificante en el balance de esas empresas).

En el momento en que se escribe esta columna, el mediodía del miércoles 26, se halla reunido el Comité de Radio y Televisión del IFE, donde acaso se adopten acuerdos en esa materia que más tarde deberá aprobar el consejo general del Instituto. Si eso no ocurre, si se prefiere la equivocada vía del diálogo y la persuasión sobre la aplicación de la ley, el órgano electoral quedará sometido a las entidades reguladas, no a los partidos como aseguraron los opositores a la nueva legislación electoral sino a particulares poderosísimos.

Por si su renuencia a acatar esas disposiciones jurídicas no bastara, TV Azteca aceptó difundir, mediante paga por supuesto, un mensaje atribuido al Frente Amplio Progresista, anunciando la asamblea de la Comisión Nacional Defensora del Petróleo, encabezada por Andrés Manuel López Obrador y realizada anteayer por la tarde en el Zócalo. El contrato respectivo está prohibido por la Constitución y el Cofipe. Los violadores de esas normas deben ser sancionados. Uno es conocido, TV Azteca, que también en ese terreno optó por la rebeldía. El otro es, presumiblemente, el FAP o alguno de los tres partidos que lo integran: el PRD, el PT y Convergencia. Salvo que se trate de una provocación pues el mensaje fue pagado por un particular que de ese modo (con la complicidad de la televisora) implica al Frente Amplio en una ilegalidad, no tiene perdón de Dios el personero de alguno de los tres partidos que lo haya contratado. Parafraseando la fórmula famosa, es al mismo tiempo un crimen y una estupidez. Más que nadie, esas organizaciones, y su candidato presidencial, están obligados a acatar con puntualidad (y satisfacción, pues la norma deriva del impulso de esos partidos y ese candidato) las reglas que dejaron fuera del comercio la propaganda política. La torpeza de infringir de ese modo la ley se asemeja, y agrava, los comportamientos que tienen sumido al PRD en una crisis de nunca acabar, cuyas secuelas pueden dejar al partido al borde del abismo.

El error de renovar paulatinamente el consejo general del IFE, y los torcidos mecanismos de la elección de sus nuevos integrantes lastran la marcha del órgano electoral, en ésta y otras materias, como el destino de las papeletas electorales.

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