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Una mala ley

jaque mate

sergio sarmiento

“La constitución no es un instrumento

para que el Gobierno limite al pueblo.

Es un instrumento para que el pueblo

limite al Gobierno”.

Patrick Henry

Siguen pasando los años y continuamos festejando la Constitución de 1917. Las encuestas de opinión nos dicen, de hecho, que nuestra carta magna es aceptada por la mayoría de los mexicanos. El adoctrinamiento a lo largo de décadas ha hecho pensar a la mayoría que se trata de una buena ley. Los políticos le rinden pleitesía, pero le han hecho centenares de enmiendas, que en muchos casos han modificado sus principios fundamentales. Pocos se dan cuenta de que la pobreza y la injusticia social que aquejan a nuestro país tienen su origen precisamente en la Constitución.

El Artículo Tercero, por ejemplo, establece el principio que todo individuo tiene derecho a recibir educación, pero no crea las bases para lograr una instrucción de calidad. El resultado ha sido generar un sistema de educación pública de pésima calidad, rehén de burocracias y sindicatos, que desperdicia una enorme cantidad de recursos.

El Artículo Cuarto nos dice que “el varón y la mujer son iguales ante la ley”, pero también consagra los usos y costumbres indígenas que, en muchos casos, despojan de derechos a las mujeres. El reciente caso de Eufrosina Cruz Mendoza, la mujer a la que se le negó el derecho de ser presidenta municipal de su pueblo en Oaxaca por el hecho de ser mujer, es sólo uno de los ejemplos más recientes.

El Artículo Sexto establece que “la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa”, pero el 41 de reciente modificación convierte al IFE en un inquisidor judicial y administrativo de la manifestación de las ideas políticas.

El Artículo 25, creado por Miguel de la Madrid y Manuel Bartlett en los años ochenta, le da al Estado la “rectoría del desarrollo nacional”. En abierta contradicción con lo que propone el texto del propio Artículo, esta rectoría impide el crecimiento económico y la generación de empleo así como una justa distribución de la riqueza y el pleno ejercicio de la libertad.

El Artículo 26 establece que “el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional”. El Artículo fue copiado de las constituciones de los viejos países comunistas, donde la planificación económica central resultó un gran fracaso y ha sido ya abandonada. Sólo Cuba y Corea del Norte mantienen con México este principio. Y en los tres países la planificación central sigue demostrando que su única capacidad es destruir riqueza.

El Artículo 27 le da a “la Nación” la propiedad de todas las tierras y aguas del territorio nacional y convierte la propiedad privada, que la Constitución de 1857 consideraba como un derecho humano fundamental de los gobernados, en una simple concesión del Gobierno de la República. El resultado es reducir o eliminar la certeza jurídica de la propiedad y dificultar la actividad productiva.

También el Artículo 27 limita la propiedad privada agrícola a 100 hectáreas de terreno irrigado. Esto impide la consolidación de unidades productivas en el campo para lograr una mayor productividad y, por lo tanto, una mayor generación de riqueza. Una consecuencia del Artículo 27 ha sido el reparto de un 60 por ciento de la tierra agropecuaria de nuestro país en ejidos y comunidades indígenas, que carecen de derechos cabales de propiedad. El Artículo 27 de la Constitución es así una de las razones fundamentales de que la pobreza extrema de nuestro país esté concentrada en el campo.

El Artículo 28 prohíbe los monopolios en su primer párrafo, pero sólo para crear después una lista de monopolios de Estado que, en su operación, despojan a los gobernados de derechos y empobrecen a todos los mexicanos.

El Artículo 123 señala en su primera frase que “toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil”, pero procede inmediatamente después a establecer normas cuya consecuencia práctica es disminuir la capacidad de creación de empleos de la economía nacional. El Artículo 28, que permite que los sindicatos se conviertan en monopolios legales, el 123, que establece el concepto de autonomía sindical, impiden la democracia de las organizaciones obreras y la transparencia en el manejo de los recursos de los sindicatos. Estos artículos de la Constitución han sido factores cruciales en el surgimiento de un sistema en el que los líderes sindicales son ricos, pero los trabajadores pobres.

El Artículo 129 afirma que “en tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”. Como tantas otras disposiciones de la Constitución, ésta es violada abiertamente por el Gobierno, que ordena al Ejército llevar a cabo funciones de Policía, con la complicidad de la Suprema Corte de Justicia que ha ofrecido fallos que permiten la violación de esta disposición.

La verdad es que nuestra Constitución es una muy mala ley. Ha ayudado a hundir a nuestro país en la pobreza. Más que festejarla, deberíamos lamentarla.

TABLE DANCE

La Policía del Distrito Federal llevó a cabo este jueves pasado una serie de operativos en centros de table dance. Fueron detenidos, por lo menos durante algunas horas, decenas de clientes, meseros, empleados, bailarinas y hasta vendedoras de boletos para baile. Mientras el crimen agobia a la Ciudad de México, la Policía capitalina está ocupada en detener a personas que no le hacen daño a nadie.

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