Efectividad. Con la aprobación de la Ley para Adopciones los niños de Casa Hogar u otra institución podrán ser dados en adopción más rápido.
El tema de las adopciones tiene necesariamente como antecedente a niños en maltrato, retirados del seno familiar, que dictamina una medida de protección, aseguró María del Refugio Bobadilla Saucedo, procuradora de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia.
Aseguró que el trabajo más fuerte de la dependencia de la cual es titular es precisamente en el tema de los niños y adolescentes que se encuentran en omisión de cuidados, en maltrato físico y en menor grado de abuso sexual.
La funcionaria mencionó que durante el 2009 se ha tenido un promedio de entre 80 y 100 denuncias mensuales relacionadas con el maltrato de los niños.
"Este año el tema se ha caracterizado y ha sido recurrente entre hermanos, en dos o tres menores, lo cual ha sido muy significativo el hecho de tener dos o tres niños en Casa Hogar".
Cabe señalar que en la mayoría de los casos por los que los niños están en esta situación es porque fueron recogidos de una situación difícil para ellos, el principal motivo de maltrato es por sus papás, que en gran porcentaje manifiestan problemas de adicción.
REINTEGRACIÓN
En estos momentos la Casa Hogar del DIF Estatal atiende a 110 niños en distintas edades, Bobadilla Saucedo aseguró que se sigue trabajando por reintegrarlos a su hogar, "puede ser posible porque modificaron la situación de riesgo para los niños. Es difícil que se haga la reintegración a los padres, generalmente son las abuelas las que se encargan de los menores, están dispuestas a dar los cuidados que los padres no otorgaron".
Informó que en el primer trimestre fueron 60 los niños que se reubicaron en sus casas y en este mes van diez, con la idea de que pasarán la temporada de Navidad con sus familiares.
DOS ADOPCIONES
La Procuradora de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia puntualizó que fue en un acto representativo en el que los diputados fueron testigos de honor de la entrega de dos menores al seno de una familia, y una vez que fue aprobada la Ley de Adopciones en el Congreso del Estado será más → funcional el trámite administrativo; con lo que con estas dos adopciones se concluye el anterior sistema dando inicio a la nueva ley que hará el trámite judicial más rápido y efectivo en favor de los menores.
Argumentó que fueron entregados un bebé y un menor en edad escolar a dos parejas duranguenses elegidas entre 30 matrimonios, quienes cumplieron con los cursos para padres, entre otros requisitos, además de esperar ma→ s de dos años en busca de una adopción.
En el caso del bebé fue esperado por un matrimonio procedente de un municipio del estado, por su parte el niño en edad escolar tuvo la posibilidad de una familia con la que tuvo convivencia previa y ambas partes ya están en adaptación.
NUEVA LEY
Bobadilla Saucedo mencionó que el trámite judicial con la Nueva Ley de Adopciones y el enriquecimiento de los jueces de lo familiar brinda la seguridad de que los procesos sean más breves y lo mismo será en los trámites administrativos. La nueva ley establece que DIF Estatal será el que preste asesoría jurídica, orientación, protección y defensa gratuita a los niños.
Hasta este día se han otorgado seis adopciones en el año y aún no se cierra el número, pues se pueden contemplar algunas dos más. Durante el sexenio se han contabilizado 46 procesos de adopción.
LAS METAS
Con la Nueva Ley de Adopciones se establece un procedimiento especial para niños en desamparo y se modifica el Código de Procedimientos Civiles, por lo que los procesos serán más rápidos. La funcionaria recalcó que para las metas en el próximo 2010 se pudiera hablar de entre diez y 15 adopciones o hasta más.
REFUGIO BOBADILLA
Procuradora del Menor
Aprobación por unanimidad
Diputados locales aprobaron por unanimidad la Nueva Ley para Adopciones para el Estado y la Ley de la Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia, así como un paquete de reformas para garantizar un procedimiento de adopción más sencillo y rápido. Tiene como objeto establecer los principios y funciones de las instituciones, lineamientos y procedimientos necesarios para que las adopciones se realicen bajo el interés superior de las niñas, niños y adolescentes; y en el cual se determina la "adopción plena" que otorga al adoptado todos los efectos legales equiparables al hijo consanguíneo, teniendo los mismos derechos, deberes y obligaciones, debiendo llevar los apellidos del adoptante o adoptantes.
Para que la adopción tenga lugar deberán consentir en ella quien ejerza la patria potestad sobre el posible adoptado, el tutor o en su ausencia el Titular de la Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia del DIF; se establecen dos tipos de adopción: entre particulares, en las que se podrán poner de acuerdo los interesados, con autorización del Juez de lo Familiar; y en situación de desamparo o abandono, las cuales se darán una vez cubiertos los requisitos administrativos y legales. Se establecen mecanismos y requisitos para la entrega voluntaria de un niño con propósito de adopción en caso de que una madre o ambos padres no puedan o no estén en condiciones necesarias para su crianza.