Ampárese a través de organizaciones civiles
Si considera quele hacen un doble cobro, puede defenderse, pero por medio de un abogado le saldrá más caro
El presidente del Colegio Regional de Abogados de La Laguna del Estado de Durango, Alberto Montes Rodríguez, asegura que la ciudadanía puede ampararse este año ante el cobro de placas y refrendo, pero le conviene hacerlo a través de organizaciones civiles porque es costoso.
El Estado cobra a los contribuyentes 16 días de salario mínimo por refrendo (830 pesos) y 8 días por replaqueo (415 pesos), ambos conceptos contemplados en la Ley de Hacienda, además del impuesto para el fomento de la Educación Pública de 435 pesos. Por todo son mil 683 pesos en estos tres conceptos.
Según Montes, existen dos medios de control vehicular contemplados en la Ley, por lo que la ciudadanía puede ampararse. “Hay un doble cobro porque es un mismo servicio, si las placas anteriores se van a desechar entonces ya no hay refrendo porque se van a adquirir nuevas placas, entonces hay que pagar por las nuevas, pero por qué vamos a refrendar unas placas que ya no van a tener valor, que ya no se van a usar, el daño es de 16 salarios mínimos”, dijo Montes, quien asegura que la ciudadanía puede ampararse a través del Octavo Circuito para que resuelva la Suprema Corte de Justicia.
Montes Rodríguez asegura que el amparo es el recurso más idóneo al que puede recurrir la ciudadanía. “Ahora, muchas veces el gobernado, debido a la cantidad con la que están abusando las autoridades no promueve nada, 16 salarios son aproximadamente 840 pesos, para mí el recurso más idóneo es el amparo, pero promoverlo por 840 pesos no es ganancia porque implica contratar un abogado, quien por esto no va a cobrar 800 pesos, lo más barato, andará en unos 3 mil pesos”, dijo el abogado, quien asegura que la mejor manera de hacerlo es a través de organizaciones civiles.
“Ellas pueden proteger a sus miembros, pues tienen sus abogados y pueden promover amparos por todos sus agremiados en contra de estos cobros y así defender sus derechos”, acotó.
SOBRE EL REFRENDO
El apartado II del Artículo 60 de la Ley de Hacienda del Estado de Durango que habla sobre el Refrendo, cita: “Los derechos que se causen por servicio de control en la expedición del holograma por refrendo para aquellos vehículos que cuenten con juego de placas, deberán ser cubiertos de conformidad con lo siguiente: *Automóviles 16 (salarios mínimos)