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Aplicarán un terrorismo fiscal legalizado en 2010

Terrorismo. Abogados opinan que la miscelánea fiscal aprobada deja indefensos a los causantes, aplicando nuevas multas o embargos precautorios.  ARCHIVO

Terrorismo. Abogados opinan que la miscelánea fiscal aprobada deja indefensos a los causantes, aplicando nuevas multas o embargos precautorios. ARCHIVO

VIRGINIA HERNÁNDEZ

De acuerdo a abogados fiscalistas en La Laguna, se vivirá en 2010 un terrorismo fiscal legalizado.

La miscelánea fiscal recientemente aprobada por los Senadores, en donde se autoriza un aumento en las tasas del ISR, IVA, IDE y IEPS, deja sin posibilidad de defensa a los causantes cautivos ante el SAT. Gracias a la implementación de artículos transitorios dentro de la Ley, la autoridad y los legisladores anuncian en los medios una cosa, pero entre líneas aplicarán una mayor tasa impositiva o la condicionan, se obliga a los causantes cautivos a realizar tareas de fiscalización de la autoridad o simplemente se les embargarán bienes o cuentas bancarias.

Víctor Frías Solís, director de Frías Solís y Asociados, declaró abiertamente que lo anunciado por el Gobierno y los Senadores sólo lograron "tener mayores impuestos para los mismos causantes cautivos, no se amplía la base gravable y se castiga a los contribuyentes con delitos que no existen".

Mencionó que en donde no hay una condicionante o artículos transitorios es en el caso del IVA, indicando el abogado fiscalista que la tasa sólo pasa de un 15 a un 16 por ciento a partir de 2010.

En celulares y servicio de cable se aplica una tasa del 3 por ciento, pero en el caso del Internet se grava con la misma tasa, pero el SAT permitirá aplicar hasta el 30 por ciento de lo que cueste el servicio con la condición de que sea un servicio de paquete Triple Play.

Las cajetillas de cigarros costarán 2 pesos más, en cerveza la tasa sube a un 26.5 por ciento y juegos y sorteos se aplica una tasa del 20 por ciento.

 ISR

Frías Solís indicó que en las modificaciones al ISR, al pasar de un 28 a un 30 por ciento se aplicaría del 2010 al 2012. Cuestionó si realmente México lograría una reactivación económica a finales del próximo año, por lo que consideró que dicho aumento tendrá un costo político en el partido en el poder. Sostuvo que en el dictamen de la comisión de Hacienda, el PT y PRD habían propuesto realizar una revisión año con año para bajarlo.

Por otra parte, destacó que actualmente existen sectores productivos que están exentos en el pago del ISR, como es la agricultura, ganadería y transporte, a los cuales se aplicará una tasa del 25 por ciento, sin embargo, un artículo transitorio precisa que a partir del 2010 la tasa será no del 25, sino del 30 por ciento.

El abogado fiscalista manifiesta que "esto es una trampa para los contribuyentes", ya que se prometen una mayor transparencia y se aumentan más de lo dicho los impuestos.

De igual manera en el Artículo 175 de la Ley del ISR, los legisladores decidieron derogar el segundo párrafo. Actualmente la Ley permite que si usted es una persona física con actividad empresarial y percibe ingresos menores a 400 mil pesos al año, no están obligados a declarar. Pero al borrar el párrafo, a partir de 2010 es obligado que lo hagan no importa si el monto es inferior.

Dijo Frías Solís que lo anterior se encuentra encadenado con otras reformas, en donde se permitirá castigar la omisión de presentar una declaración anual, por lo que se harán acreedores a multas y embargos precautorios.

 EL IDE Y EL CFC

Lo conocido es que el Impuesto sobre Depósitos en Efectivo aumentó su tasa a un 3 por ciento y por montos superiores a 15 mil pesos. A partir de la miscelánea fiscal aprobada, ahora se obliga a tributar a las cajas de ahorro que operan en el país.

En cuanto al Código Fiscal de la Federación (CFF), en su Artículo 29 se establece que las personas morales y físicas que tengan que expedir comprobantes fiscales por más de 2 mil pesos deberán ser a partir de 2010 digital. Opinó Frías Solís que esto generará un mayor costo para los Repecos y todos los causantes obligados.

"El problema que veo es quien tenga comprobantes ya impresos deben usarlos hasta que se les terminen, ya que posteriormente están obligados a expedir los digitales".

Apuntó que esta medida afecta a los negocios de impresos, pese a la solicitud hecha de que fuera una disposición transitoria, no permanentes. Hoy en día es opcional que sean digitales los comprobantes, en 2010 es obligatorio.

 TERRORISMO FISCAL

Dentro del mismo CFF, en su Artículo 40 se menciona que al realizarse visitas domiciliarias por parte de representantes del SAT y al impedir realizarlas en el negocio, en 2010 la autoridad puede aplicar un aseguramiento precautorio de los bienes del causante, con el apoyo de la fuerza pública. Actualmente la autoridad gira una invitación.

Opinó el abogado fiscalista que con estas acciones el SAT está violando el Artículo 16 de la Constitución, en donde se establece que la autoridad no puede molestar en su persona ni a su familia.

En su Artículo 41 establece multas al no presentarse en tiempo y forma la declaración, teniendo un plazo máximo de 3 días para contestar, ya que de lo contrario serán embargados sus bienes. Hoy en día se hace una invitación al causante para que cumpla con su obligación fiscal.

Por ello, manifestó que "para mí es un terrorismo fiscal legalizado", en donde el causante no tiene los medios para defenderse ante omisiones de la autoridad, por lo que se verá afectado con el embargo de bienes o congelamiento de cuentas bancarias.

En el Artículo 63 del CFF, la autoridad fiscal quiere fincar un crédito o una conducta ilícita no con una base de datos de cualquier autoridad, lo cual hoy en día sólo se hace con documentos originales. Opinó que el SAT se basará en rumores para fincar un crédito fiscal, violando nuevamente el Artículo 16 de la Constitución.

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Escrito en: paquete presupuestal 2010

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