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Avala Corte ley antitabaco en el DF

Los integrantes del alto tribunal resolvieron que los diputados locales sí tienen la facultad de emitir normas en materia de protección a la salud de los no fumadores y sanciones a los establecimientos que incumplan las disposiciones.

Los integrantes del alto tribunal resolvieron que los diputados locales sí tienen la facultad de emitir normas en materia de protección a la salud de los no fumadores y sanciones a los establecimientos que incumplan las disposiciones.

Notimex

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad de la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores, y sus artículos que establecen la prohibición de fumar en lugares cerrados.

Por unanimidad, los integrantes del alto tribunal resolvieron que los diputados locales sí tienen la facultad de emitir normas en materia de protección a la salud de los no fumadores y sanciones a los establecimientos que incumplan las disposiciones.

La Corte resolvió que las entidades federativas sí pueden emitir leyes en la materia, y que no se contraponen con la federal Ley General para el Control del Tabaco, pues como lo propuso su ponente, l ministro Genaro Góngora Pimentel, los diputados locales pueden establecer otras obligaciones o prohibiciones.

El año pasado, una minoría de diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) promovió un recurso ante la SCJN bajo el argumento de que con los decretos del 4 de marzo y 3 de octubre de ese mismo año, la legislación local se excedió en sus atribuciones para modificar leyes locales que regulan el consumo del tabaco.

Los legisladores capitalinos consideraron que la creación de estas disposiciones y sanciones contenidas en la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, así como la adición de facultades a la Secretaría de Salud para el combate al consumo del tabaco, eran inconstitucionales.

Sin embargo, los ministros declararon la validez de la ley impugnada debido a que no se contrapone con las disposiciones emanadas del Congreso de la Unión.

Esta decisión sentaría un precedente en el criterio que se aplicará para la resolución de miles de amparos promovidos por empresas contra la prohibición de fumar en lugares cerrados, que están pendientes por resolver.

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