Discusión. El Senado aprobó las reformas a la Ley de Amparo. En la imagen los legisladores Felipe González, Manuel Velasco y Jesús Murillo durante la sesión de ayer.
El Senado de la República aprobó ayer la reforma constitucional en materia de amparo.
Los cambios a la Carta Magna fueron aprobados, en lo general, por unanimidad de 89 votos a favor.
Desde la tribuna, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Pedro Joaquín Coldwell, aseguró que se trata de la reforma en materia de amparo más importante de los últimos 25 años.
Con las modificaciones, el amparo tendrá procedencia cuando se registren violaciones a los derechos humanos.
El dictamen aprobado plantea la procedencia cuando existe interés legítimo y no sólo jurídico, como lo establece el marco legal vigente.
"Amplía la legitimidad para promover amparo a quien aduce ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo transgredido por un acto de autoridad", indica.
Sin embargo, se conserva la necesidad de aducir un agravio personal y directo, cuando se trate de actos o resoluciones provenientes de tribunales judiciales, administrativos o del trabajo.
También se conserva el principio de relatividad de la sentencia de amparo, pero es ampliado para otorgar protección a "los quejosos", ya no a "individuos particulares", pues se permite el denominado amparo en materia de derechos colectivos.
Por otro lado, al cumplir ciertos requisitos, la Corte podrá emitir declaratorias generales de inconstitucionalidad, con excepción de los temas tributarios.
La reforma da creación a la figura del "amparo adhesivo" para agrupar casos y dar celeridad a los procesos.
Se incluye como materia del conocimiento de los tribunales federales, las controversias de carácter mercantil.
Con las modificaciones, se faculta directamente a la Corte para separar del cargo y consignar ante juez de distrito a los funcionarios que incumplan las sentencias.
Por otro lado, se obliga al Poder Judicial a dar prioridad a la resolución de los amparos, controversias y acciones de inconstitucionalidad que le solicite alguna de las Cámaras del Congreso o el Ejecutivo Federal.
La reforma fue turnada a la Cámara de Diputados para su discusión y eventual aprobación.