Durango

“Congreso sí viola la Constitución”

El Congreso del Estado se envuelve en una nueva polémica a raíz de algunas reformas aprobadas por los priistas.

El Congreso del Estado se envuelve en una nueva polémica a raíz de algunas reformas aprobadas por los priistas.

POLÉMICA

Claudia Hernández Espino, diputada local del PAN, presenta acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte.

Durango. Mientras que en la Ciudad de México la diputada local Claudia Hernández Espino entregaba a la Suprema Corte de Justicia la acción de inconstitucionalidad contra la reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre, aquí el diputado federal priista Luis Enrique Benítez Ojeda declaró que dichos cambios sí son una violación a la Carta Magna del país.

La reforma al artículo 52 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, tal y como lo dio a conocer El Siglo de Durango, surgió a raíz de una propuesta del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y fue respaldada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), Nueva Alianza y el Partido Duranguense.

Polémica. “Creo que en el Congreso, lo digo con todo respeto a los diputados locales, se han cocinado reformas que a la luz de la constitucionalidad no siempre han sido las más adecuadas, y aunque se han salvado, cumpliendo con los pasos legales, todas han ido a parar a los tribunales, a la Suprema Corte, a la interpretación del máximo tribunal con el riesgo de que se puedan modificar”, dijo Benítez Ojeda.

El Diputado Federal -quien desde hace diez años es docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Juárez-, les recomendó a los legisladores locales que en lo sucesivo tengan mucho mayor cuidado y acuciosidad en el examen, discusión y análisis de las leyes, en todos los terrenos.

“Se debe evitar que cada vez que se hace una nueva ley o reforma tengamos que estar esperando el fallo de los tribunales, tal pareciera que en Durango nos acostumbramos ya a estar siempre en la polémica y en los tribunales”, declaró ante los medios de comunicación.

Análisis. Desde su punto de vista, la Legislatura estatal hace su trabajo y busca innovar caminos que permitan darle facilidad a los temas de interés social pero no se debe dejar de lado que en el país hay poderes y normas que intervienen.

“Yo le haría al abogado del diablo antes de aprobar cualquier ley. Me pondría en los zapatos del Ministro de la Corte para saber cómo pudiera pensar al momento de analizar la norma que estoy aprobando para no correr ni siquiera los riesgos de que vayan a tribunales esas reformas, me parece que ha faltado un poco más de estudio y delicadeza jurídica”, opinó.

Pero disertó que se debe esperar que la Suprema Corte dicte una resolución pues quizá su interpretación sea distinta.

-¿Es violatoria la reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre?, se le planteó y dijo: “desde mi punto de vista, debió quedarse como estaba, que el Presidente Municipal suplente asumiera la Presidencia, como sucedió en Durango con Javier Pérez Gavilán y otros. Desde mi punto de vista es una violación pero habrá que ver si el procedimiento que se siguió justifica la modificación”, remató el ex Contralor del Estado.

Inconformidad. Por su parte, desde la capital del país la diputada local Hernández Espino comunicó que presentaron la acción de inconstitucionalidad contra el decreto 241, que se publicó el 14 de diciembre del 2008. Dicho recurso es por parte de los diputados locales de Acción Nacional en unión con sus homólogos del Partido del Trabajo (PT).

Citlalli Zoé Sánchez |

El Siglo de Durango

El origen del pleito

Durango. El 11 de diciembre del 2008, en una sesión vespertina, el Congreso local aprobó por mayoría la reforma al artículo 52 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, lo cual generó un fuerte debate entre priistas y panistas, así como el Partido del Trabajo.

Dichas reformas señalan que en caso de que un Presidente Municipal se ausente por más de 15 días y su suplente tiene alguna imposibilidad para ejercer el cargo, el Congreso local determinará al Alcalde sustituto con la única condición de que sea del mismo partido político que gobierna.

Desde el punto de vista de los panistas, esta determinación violenta directamente el artículo 115 de la Constitución Mexicana y que no es posible que alguien que no fue electo por la población ocupe el cargo de Presidente Municipal.

Los diputados priistas argumentaron que esta reforma es para casos extremos, como sucedió en Topia, cuyo Alcalde está en calidad de desaparecido y nadie quería hacerse cargo de la Presidencia.

DATO

-La reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre ya había generado reacciones en contra del regidor priista José Luis Cisneros Pérez y de Maximiliano Silerio Esparza, ex gobernador del Estado.

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