Elecciones. Es un derecho de los ciudadanos el denunciar cualquier acto que pueda interpretarse como un delito electoral para que las autoridades correspondientes inicien una investigación.
Ante la próxima jornada electoral cualquier ciudadano puede y debe denunciar los delitos electorales. Algunos de los más comunes son:
Votar cuando no se tiene derecho; hacer proselitismo o presionar a los votantes en las casillas el día de la elección; comprar o comprometer, por cualquier medio los votos; obstaculizar, interferir o impedir el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales; recoger en cualquier tiempo, credenciales para votar y coartar o pretender coartar la libertad de sufragio.
Otros delitos electorales incluyen violar la secrecía del sufragio; introducir o sustraer boletas o urnas del lugar que legalmente les corresponde; destruir o alterar boletas o documentos electorales y publicar resultados de encuestas o sondeos de opinión dentro de los 8 días previos a la jornada electoral.
Hay sanción para los ministros de cultos religiosos, cuando en el desarrollo de sus actos induzcan el voto o la abstención.
Los funcionarios electorales no deben alterar, sustituir, alterar o usar indebidamente documentos del Registro Federal de Electores, si lo hacen es delito.
Tampoco deben abstenerse de cumplir su función con perjuicio del proceso; ni presionar o inducir el voto en las casillas; ni propalar noticias falsas sobre la jornada.
Los servidores públicos podrían cometer delitos por los que serían sancionados.
Entre estos delitos se encuentra: obligar a sus subordinados a votar por un determinado candidato o partido político. Pero también condicionar la prestación ya sea de un servicio público o el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas a la emisión del voto a favor de un determinado candidato o partido.
Otro delito que pueden cometer los funcionarios es destinar fondos, bienes o servicios a su disposición al apoyo de un candidato o partido; y apoyar a un partido político o candidato a través de sus subordinados dentro de su horario laboral.
Los partidos y las organizadores de actos de campaña tienen prohibido aprovechar los fondos, bienes o servicios que le destine ilícitamente el servidor público.
El Código Penal de Coahuila establece además en su Artículo 263 que las autoridades electorales que en el ejercicio de sus funciones conozcan de conductas presuntamente delictivas en los términos de este código, procederán a denunciarlas a la autoridad competente.
Asesoría Legal
Para denunciar
Si sabe de algún delito:
⇒ Usted podrá denunciar cualquier delito electoral ante el Ministerio Público ubicado en Torreón, Periférico km. 3.8 Tel:729 67 00.
⇒ Policía Ministerial: 733 67 59.
⇒ IFETEL: 01 800 433 2000. Para la República Mexicana, lada sin costo.
⇒ Fepade: 01 800 00 85 400, gratuito.