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Corte reserva información acerca de averiguaciones

Fallo.  La Corte determinó que las averiguaciones previas que están en poder del máximo tribunal del país no pueden difundirse públicamente.

Fallo. La Corte determinó que las averiguaciones previas que están en poder del máximo tribunal del país no pueden difundirse públicamente.

EL UNIVERSAL

 MÉXICO, DF.- El Comité de Acceso a la Información de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió dos criterios en los que precisa que las averiguaciones previas que están en poder del máximo tribunal del país y que están relacionadas con las investigaciones que realiza en casos de presuntas violaciones graves de garantías individuales, tienen el carácter de reservadas y, por tanto, no pueden difundirse públicamente.

Los criterios en cuestión los retomó de una decisión que emitió el 4 de marzo pasado, cuando acordó dar a conocer una versión pública, con datos suprimidos, del expediente de la investigación que realizó la Suprema Corte de Justicia de la Nación en torno al caso de la detención de la periodista Lydia Cacho en diciembre de 2005.

En esa ocasión, el Comité acordó reservar y no hacer públicas las averiguaciones previas realizadas por la Procuraduría General de la República y por las procuradurías estatales, y que fueron recopiladas por la Corte como parte de las investigaciones que realizó para determinar si en su caso se registraron violaciones graves de violaciones a las garantías constitucionales.

El Comité, en ese asunto, sólo aprobó dar a conocer una versión pública -con datos personales suprimidos y tachados- de todos los demás documentos que forman parte del expediente de la periodista.

La decisión la emitió, tres meses después de que entrara en vigor la reforma al Artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales que prohíbe el acceso público a las averiguaciones previas.

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