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Crímenes sin criminales

Plaza pública

MIGUEL ÁNGEL GRANADOS CHAPA

La justicia mexicana ha determinado que en Tlatelolco, el dos de octubre de 1968, el gobierno mexicano cometió genocidio. Pero al mismo tiempo -si bien no está pronunciada la última palabra- exoneró de participar en la consumación de ese delito a quien era entonces secretario de Gobernación, Luis Echeverría, en algún sentido número dos de ese gobierno delincuente. Aparece de nuevo, de ese modo, una modalidad reciente de impunidad, existencia de crímenes sin criminales.

Acaba de establecer esa paradoja la Suprema Corte de Justicia de la Nación al cerrar su indagación constitucional sobre la barbarie policial asestada a pobladores de Atenco en mayo de 2006: se violaron de modo grave sus garantías individuales, pero no hubo en ello responsabilidad de los jefes de las corporaciones involucradas. Por su parte, la justicia común no ha sido capaz de castigar a ninguno de los agentes que de modo inequívoco, directamente, atentaron contra la integridad de cientos de atenquenses. Nadie está preso por ello (y no sobra decir una vez más que en perverso contraste algunas de las víctimas de esa represión policíaca padecen penas de más de treinta años de prisión, eso sin hablar de quienes, por episodios aledaños pero vinculados, están sentenciados a 67 y aún a 112 años de reclusión.

Otro caso actualizado en estos días de esta novedosa forma de impunidad es el homicidio en que perdió la vida José Francisco Ruiz Massieu. La semana pasada, el 24 de marzo el Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Distrito Federal decretó la prescripción de la acción penal intentada contra Manuel Muñoz Rocha y se canceló por consecuencia la orden de aprehensión librada contra éste el 7 de octubre de 1994. Muñoz Rocha, político tamaulipeco apadrinado por Raúl Salinas de Gortari, Diputado Federal que presidía una comisión en la Cámara, fue acusado de ser el brazo ejecutor del plan cuya autoría intelectual se atribuyó al hermano mayor de Carlos Salinas. Muñoz Rocha habría organizado con Fernando Rodríguez (secretario técnico de su comisión y su hermano Jorge la maniobra por la que un matarife, Daniel Aguilar Treviño disparó contra Ruiz Massieu con una pistola que le fue provista por Carlos Cantú Narváez. Estos dos últimos, y los Rodríguez, están presos, pero no así quienes los concertaron para ultimar al ex gobernador de Guerrero. Raúl Salinas quedó exonerado de ese crimen en junio de 2005, y ahora Muñoz Rocha podría aparecer sin riesgo de ser aprehendido sólo porque logró eludir la acción de la justicia durante el tiempo en que de haber sido capturado hubiera permanecido en prisión.

Muñoz Rocha desapareció el 30 de septiembre de 1994, dos días después del asesinato de Ruiz Massieu. Después de refugiarse unas horas en el domicilio de un médico amigo suyo en Pachuca, volvió a la Ciudad de México para verse con Raúl Salinas de Gortari, cuyo domicilio en el Paseo de la Reforma fue el último paradero conocido del legislador tamaulipeco. Revelada por sus cómplices su participación en aquel homicidio, se pretendió desaforarlo pero se eligió presentar una petición de licencia que probablemente no redactó ni firmó. Y desde entonces no se sabe de él, salvo el informe que respecto de su presencia en San Antonio, Texas, unos días después, rindió el cónsul en aquella ciudad, Humberto Hernández Haddad. Hubo en la cancillería un interés tan acusado por ignorar esa información, que el episodio dio lugar a un litigio por daño moral ganado muchos años después por el político tabasqueño, al que se despidió con groseras insinuaciones sobre su salud mental, todo por haber sugerido que se buscara en Texas a Muñoz Rocha. La esposa del diputado lo dio por muerto al gestionar y ganar una declaración de ausencia, cinco años después de su desaparición, que la hizo formalmente su viuda.

Dos días después del fallo a favor de Muñoz Rocha, otro órgano judicial benefició al ex presidente Luis Echeverría. El 26 de marzo los magistrados del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del primer circuito confirmaron la sentencia de amparo que protegió al ex primer mandatario contra la orden que lo mantuvo en prisión domiciliaria a partir del 28 de noviembre de 2006. En rigor jurídico, Echeverría no ha quedado en libertad, pues la resolución del tribunal de circuito ordenó al magistrado Ricardo Paredes, titular del Segundo Tribunal Unitario, corregir errores en el fallo que mantuvo en su casa al ex presidente, así como fundarlo y motivarlo de mejor manera. Técnicamente, el magistrado podría reiterar su primera posición y por lo tanto el reo quedaría de nuevo preso en su domicilio. Por lo pronto, sin embargo, está vigente el criterio de que no fue acreditada en la acusación la responsabilidad del entonces secretario de Gobernación en la matanza de Tlatelolco.

Importa subrayar que, si bien no hay criminal, sí hay crimen en la agresión estatal cometida en la Plaza de las Tres Culturas. Las dos sentencias de amparo reconocieron que fue cometido el delito de genocidio. La tan polémica fiscalía a cargo de Ignacio Carrillo Prieto logró configurar ese crimen contra la humanidad, que es por lo mismo imprescriptible, en sentido contrario a la opinión que hasta se mofaba de ese intento procesal, el único cuya concreción permitió tener recluido al ex presidente. De inmediato la Universidad Nacional reiteró su "exigencia de continuar con las investigaciones ministeriales y judiciales" sobre esa matanza y otros sucesos que la agraviaron.

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