El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada con el fin de sancionar hasta con 12 años de cárcel a "testigos protegidos" que falseen declaraciones ante las autoridades.
En las reformas se establece que "se impondrán de cinco a 12 años de prisión y de 300 a 500 días de multa al testigo protegido que interrogado por autoridad pública distinta a la judicial en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas faltare a la verdad".
Durante la sesión ordinaria en San Lázaro se aprobó por 364 votos en favor y cuatro abstenciones las reformas que aplican la misma pena a quien, examinada por alguna autoridad judicial teniendo la calidad de testigo protegido, faltare a la verdad sobre el hecho que se trata de averiguar.
Si quien propicia la comisión de dichos delitos es un servidor público se le incrementará la pena en una tercera parte de las penas señaladas en tales artículos, según corresponda.
Además será destituido de su empleo y se le inhabilitará para obtener otro durante un periodo de ocho a 12 años.
En los argumentos de la reforma que se turnó al Senado para su análisis se señala que la figura del testigo protegido consiste en otorgar apoyo y protección suficiente a las personas cuando por su intervención en un procedimiento penal sobre los delitos a que se refiere la ley antes mencionada así se requiera.
Se añade que más de 80 por ciento de las investigaciones relacionadas con delincuencia organizada se sustentan en testimonios de colaboradores que se acogen a ese beneficio.
Sin embargo, la mayoría de los dichos aportados por esos presuntos delincuentes resultan falaces.