El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución del IFE en la que multó con 90 mil 400 pesos a Ricardo Boone Menchaca, concesionario de XEFF-AM 980 KHZ, tras considerar que impidió su defensa al no citarlo con tiempo a audiencia.
Los seis magistrados aprobaron el proyecto de resolución presentado por Salvador Nava Gomar, en el que señaló que el Instituto Federal Electoral (IFE) incumplió la notificación de 48 horas para la audiencia a Boone Menchaca, concesionario de la estación Mega Radio, de San Luis Potosí.
Nava Gomar argumentó que el IFE obstaculizó la defensa del acusado "particularmente en lo que se refiere a la preparación de los alegatos que considere pertinente expresar", lo que afectó su "garantía de audiencia".
De acuerdo al proyecto aprobado, precisó que el IFE citó a audiencia, a Boone Menchaca, con tan sólo 13 horas con 30 minutos de anticipación, siendo una desventaja para recabar los medios de prueba que requería para su defensa.
Los magistrados revocaron por unanimidad la resolución del Consejo General del IFE del pasado 9 de marzo, en la que multó a la radiodifusora con 90 mil 400 pesos por incumplir la transmisión de 518 spots y por la difusión de 91 más, fuera de la pauta establecida.
Por ello, ordenó al IFE reponer el procedimiento especial sancionador, desde la notificación a la celebración de audiencia de pruebas y alegatos, a fin de emitir una nueva resolución.