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El ‘blindaje’ está en detectar lo que no informan

Jesús Cantú

Dentro del anecdotario político mexicano destaca la historia del titular del Ejecutivo que ante la pregunta de su tesorero sobre cómo registrar un determinado gasto que, obviamente implicaba el desvío de recursos públicos hacia fines particulares, señaló: “no le des entrada”. Efectivamente para no tener que encontrar una partida en la contabilidad oficial para darle salida, simplemente nunca daban cuenta del ingreso de esos recursos al erario público: “para no tener que darles salida, simplemente no les des entrada”, sentenció.

Y eso es precisamente lo que sucede en el ámbito electoral: el PRI jamás le dio entrada en su contabilidad oficial a los recursos que desviaron de Pemex a la campaña presidencial de año 2000; el PAN, nunca asentó en sus registros los recursos que los “Amigos de Fox” gastaron en la campaña que llevó a Fox a la Presidencia de la República; los partidos políticos que compraron más promocionales de los que reportaron durante la campaña presidencial de 2006, no dejaron huella del dinero que utilizaron para ello en sus libros contables.

Esa realidad fue la que generó el monitoreo de los promocionales que transmitían los partidos políticos durante las campañas electorales a partir del proceso electoral del año 2000. Durante las labores de fiscalización del proceso electoral de 1997, los integrantes del Consejo General del IFE caímos en cuenta que los partidos políticos podían ajustar sus informes a su conveniencia sin que existiera confronta posible, pues en ese entonces ni siquiera existía la obligación de los particulares de responder los oficios de la autoridad electoral (obligación que ya se incorporó en la reforma de 2007), por lo cual la única opción era recabar en campo constancias fehacientes que permitieran dicha confronta.

En ese entonces los partidos reportaban que alrededor del 60% del gasto de promoción del voto lo canalizaban a la compra de espacios en los medios electrónicos de comunicación, por lo cual éste era el rubro más importante y por ello había que perfeccionar los mecanismos para fiscalizarlo. El instrumento operó eficazmente en los procesos electorales de 2000 y 2003, pero errores de implementación lo descarrilaron en el de 2006, pues aunque se detectó que los partidos habían ocultado la compra de 280 mil promocionales no fue posible sancionar dicha acción.

Hoy la realidad es muy distinta: los partidos ya no gastan oficialmente en la compra de espacios en radio y televisión, aunque seguramente lo harán encubiertamente y multiplicarán por esa vía la presencia de candidatos y dirigentes en noticieros, programas de vida cotidiana, cómicos y demás en los que se pueda incidir en la intención del voto de los ciudadanos; la Unidad de Fiscalización del IFE tiene la facultad de acceder a la información bancaria, fiscal y fiduciaria y los particulares tienen la obligación de responder sus requerimientos; y se extendió la preocupación de que el dinero proveniente de actividades ilícitas penetre las campañas electorales.

El pasado miércoles 14 de enero en el Consejo General del Instituto Federal Electoral se aprobaron tres acuerdos que pretenden impedir que dinero proveniente de la delincuencia organizada y, más concretamente, del narcotráfico ingrese a las precampañas y campañas electorales; pero sólo una de todas las disposiciones allí contempladas abre una posibilidad real para frenarlo: la verificación en campo de las campañas electorales.

Para que esta posibilidad se concrete tiene que construirse el instrumento para recoger e incorporar en el proceso de fiscalización la información que proporcionen directamente los ciudadanos o las evidencias directas que se obtengan, sin necesidad de que los partidos políticos y los candidatos las hayan referido en sus informes. Es decir, el origen del ejercicio tiene que ser inverso, como sucedía en el monitoreo: no es ir a verificar en campo los informes que proporcionen los partidos; es verificar en los reportes, la información que recogieron en campo. El problema principal es cómo darle validez jurídica a estas pruebas y, en algunos casos, simples indicios, especialmente cuando en materia electoral las pruebas confesionales y testimoniales únicamente “podrán ser ofrecidas y admitidas cuando versen sobre declaraciones que consten en acta levantada ante fedatario público que las haya recibido directamente de los declarantes, y siempre que estos últimos queden debidamente identificados y asienten la razón de su dicho.”

Hay que aceptarlo con toda crudeza: partidos y candidatos gastan mucho más de lo que reportan oficialmente a las autoridades electorales y, obviamente, el dinero que reciban de la delincuencia organizada no lo registrarán ni en los ingresos ni en los egresos y la única manera de detectarlo es a partir de la aplicación de los métodos de investigación de las ciencias sociales, que permitan realizar proyecciones y reunir elementos indiciarios para solicitar a las autoridades competentes el inicio de averiguaciones judiciales.

Es prácticamente imposible que el IFE y las autoridades electorales estatales reúnan las pruebas con valor jurídico para sancionar a partidos y candidatos; pero eso no los exime de la responsabilidad de diseñar e implementar los instrumentos que les permitan hacerse de elementos indiciarios suficientes para interponer las denuncias correspondientes y, lograr por esta vía, inhibir el ingreso de dinero prohibido (de origen legal o ilegal) y allegarse de las pruebas para poder sancionar a partidos y candidatos. Obviamente de nada servirán las sanciones administrativas (normalmente reducidas a multas) si las autoridades penales no cumplen con sus obligaciones, como sucedió en el Pemexgate y Amigos de Fox.

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