MÉXICO, DF. - La Asociación de Bancos de México (ABM) informó que, con base a lo dispuesto por el Banco de México (Banxico), a partir de octubre próximo las instituciones suprimirán diversas comisiones.
Los cobros que se eliminarán son: en cuentas de depósito a la vista, por el manejo de cuenta y por no mantener un saldo mínimo de manera simultánea, dentro de un mismo periodo comprendido en el estado de cuenta.
Estos cargos fueron objeto de una prórroga por parte del Instituto Central durante septiembre, para que las entidades pudieran realizar los ajustes necesarios a su infraestructura informática y así dar cumplimiento a las disposiciones.
Las medidas forman parte de las reformas que aprobó el Congreso de la Unión a la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
Como parte de las modificaciones legales, en julio pasado, el Banxico anunció la eliminación de cargos en cuentas de ahorro, nómina y cheques. Con estos lineamientos, se busca eliminar prácticas que inhiben la sana competencia en el sistema.
A través de la circular de disposiciones de carácter general en materia de comisiones que se dirige a bancos, Sofoles y Sofomes, el Banxico precisó que los intermediarios no podrán cobrar por la cancelación de cuentas de depósito, de tarjetas de crédito ni de débito.
Tampoco podrán aplicar cargos por la cancelación de la domiciliación del pago de bienes y servicios ni por suspender el servicio de banca por internet.
En cuentas de depósitos a la vista, como son los cheques y la nómina, las entidades no podrán cobrar por manejo de cuenta ni por mantener un saldo mínimo.
FUENTE: AGENCIAS
Borran a 32 millones del Buró
En los últimos cinco años, el Buró de Crédito borró 32 millones de registros con mal historial o antigüedad mayor a seis años.
⇒ En el caso de personas físicas se eliminaron 30.58 millones de créditos con nota negativa, mientras que en el caso de empresas, la cifra asciende a 1.53 millones.
⇒ Bajo los nuevos criterios que entraron en vigor en febrero de 2008, el periodo para el borrado de registros bajó de siete a seis años, por lo que la cifra creció considerablemente.
⇒ Los registros deben tener una antigüedad mínima de seis años, que el deudor no mantenga un juicio contra la institución y que el saldo sea inferior a 400 mil Unidades de Inversión (Udis).
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