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EMPRESA

Sí...pero no tanto

ALBERTO BARRANCO

Finalmente el Senado dio ayer un primer paso para dar cauce a la llamada Ley de Extinción de Dominio, al aprobarse en comisiones un dictamen que permite el sí o no del pleno, tras un jaloneo de cinco meses.

Calcada del marco jurídico que rige en Colombia, la iniciativa plantea la modificación de la Ley Reglamentaria del artículo 22 de la Constitución, para agilizar la incautación de propiedades involucradas en ilícitos.

Estamos hablando de bienes de la delincuencia organizada, ya ranchos, terrenos, mansiones, casas de seguridad, depósitos de mercancías robadas… que pasarán a la férula del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes dependiente de la Secretaría de Hacienda, quien los colocará en subasta, para prorratear el producto entre instituciones educativas, de salud y seguridad pública.

El largo paréntesis, dada la emergencia que vive el país ante el jaque frontal de la delincuencia, lo provocó un primer escenario que ponía en peligro la integridad de los compradores y de los vendedores, colocando en entredicho, de pasadita, propiedades privadas legítimas.

De hecho, en Colombia se desató una oleada de asesinatos al colocarse en escena un esquema similar.

La manzana de la discordia era que el planteamiento, tal cual, apuntaba a la extinción de dominio aún antes de agotarse el juicio para determinar la responsabilidad de los presuntos delincuentes, lo que podría provocar una catarata de demandas contra el SAE.

Más aún, no todos los inmuebles son de la delincuencia organizada, quien los alquila temporalmente.

La Espada de Damocles, pues, caería sobre el casero por no haber colocado la coladera para cernir a sus inquilinos.

De hecho, el artículo tres de la propuesta original definía la extinción de dominio como la inexistencia de derechos sobre bienes producto de delitos, en cuyo caso el juez los declararía propiedad del Estado, sin contraprestación o compensación de ninguna especie para su dueño, “ni para quien se ostente o comporte como tal”.

Según ello, el supuesto llegaría cuando la persona tenga posesión de los bienes; tenga poder material de decisión sobre el uso o destino de éstos, o exista fama pública de que le pertenecen.

En caso de que se acreditara que la propiedad pertenece a un tercero, éste debería comprobar que no tuvo conocimiento de las acciones que se realizaban en ésta, lo que parecería en chino.

Cualquiera, pues, que contara con una casa o departamento podría estar en riesgo de perderlo bajo el supuesto de no haber notificado a la autoridad su mal uso.

Desde otro ángulo, el ordenamiento planteado por el presidente Felipe Calderón preveía que aún cuando los bienes estén a nombre de un tercero, “pero existan suficientes elementos para determinar que son producto de la delincuencia organizada”, pasarán a poder del Estado.

El caso, decíamos, es que de acuerdo al artículo 10, la extinción de dominio procederá aún cuando no se haya dictado la sentencia que determine la responsabilidad penal, “pero existan elementos suficientes para determinar que el hecho ilícito sucedió”.

De acuerdo a la ley vigente, la extinción de dominio de un bien involucrado en un ilícito sólo puede llegar cuando el acusado de éste sea condenado por el juez de la causa.

Y aunque actualmente los bienes muebles que pasan a la custodia del SAE son enajenados de inmediato, el respaldo es la factura expedida al acto mercantil, es decir que el producto podría regresar a manos de sus dueños.

En el caso de casas, ranchos, bodegas y demás, éstos son alquilados durante el lapso en que se ventila el juicio para costear su mantenimiento, por más que en algunos casos la renta es simbólica.

Ahora que en el peregrinar, hete aquí que el secuestrador Daniel Arizmendi, conocido como “El Mochaorejas”, pese a estar sentenciado, aún pelea la devolución de una residencia en Cuernavaca, en tanto sus víctimas no han recuperado aún la totalidad del dinero que le otorgaron.

Y si le seguimos, un ex Oficial Mayor de la Procuraduría General de la República se pegó un tiro en la sien ante la posibilidad de ser investigado por malversar bienes involucrados en presuntos ilícitos que estaban bajo su custodia, en cuyo escándalo se le entregó la estafeta al SAE.

El caso es que la iniciativa provocó un ríspido enfrentamiento entre el Ejecutivo y el Legislativo, al quejarse el primero de tortuguismo por parte del segundo, en cuyo marco debió intervenir la Secretaría de Gobernación… aceptando las objeciones de priístas y perredistas.

Bajo el nuevo esquema se plantean garantías para evitar que se expropien bienes a personas que sean declaradas inocentes; se crea la figura de jueces especializados en extinción de dominio, restándole facultades discrecionales al Ministerio Público, y abriendo la posibilidad de denuncias anónimas bajo incentivos de recompensa.

Del otro lado de la moneda, empero, se faculta a los jueces a ordenar allanamientos de propiedades cuando se verifique su procedencia ilegal.

Si, pues, pero no tanto.

Por lo pronto, el SAE envió ya una misión a Colombia para evaluar el impacto tras la puesta en escena de un ordenamiento similar.

Balance General

De acuerdo a fuentes internas de la dependencia, la Secretaría del Trabajo estaría por cambiar de sede a un edificio que se ubica en Paseo de la Reforma, frente a la glorieta de Colón.

La exposición de motivos habla de que en la zona está la mayoría de las sedes de los sindicatos, la CTM para no ir lejos, lo que facilita el encuentro, ya ve qué difícil se pone el periférico.

El problema es que el edificio, alguna vez sede de la Secretaría de Recursos Hidráulicos, sería rentado, provocando una sangría innecesaria al fisco en épocas difíciles para el país.

La mudanza, en el papel autorizada ya por la Secretaría de Hacienda, se realizaría en abril.

La austeridad, pues, que se forme en la fila.

¿Peligro para Morelia?

De acuerdo a la versión de la empresa Kansas City Southern México, uno de cuyos ferrocarriles se descarriló el 10 de septiembre del año pasado en un suburbio de Morelia, ocasionando el derrame de sustancias peligrosas, el accidente no provocó mayor peligro a la población.

Según ello el nitrato de amonio que se transportaba no era explosivo… a menos que hubiera sido sometido a una alta presión o elevadas temperaturas.

Las fotografías, empero, la ubican junto a tanques de gas de viviendas colindantes con la zona del accidente.

Ahora que la empresa señala que el perímetro de seguridad, llamado derecho de vía, permitió aislar a la población.

El percance, señalábamos, se está utilizando como una más de las zancadillas contra el secretario de Comunicaciones y Transportes, Luis Téllez, a quien se acusa de negligencia al no responder a la exigencia de un libramiento.

El caso es que aún cuando la firma que la compró a Transportación Marítima Mexicana el troncal Noroeste de los ex Ferrocarriles Nacionales de México asegura que maneja de acuerdo a la norma materiales peligrosos, entre ellos fertilizantes de nitrato de amonio, nitrato de amonio y combustibles, aduce que no se opondría a la construcción del libramiento.

albertobach@yahoo.com.mx

barrancoalberto@prodigy.net.mx

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