Gómez Palacio

En caso de cobro indebido, exija a autoridades devolución del dinero

En caso de cobro indebido, exija a autoridades devolución del dinero

En caso de cobro indebido, exija a autoridades devolución del dinero

DIANA GONZÁLEZ

EL SIGLO DE TORREÓN

GÓMEZ PALACIO, DGO.- Si considera que ha sido víctima de algún cobro indebido tanto por autoridades municipales como por autoridades estatales tiene derecho a ampararse y/o reclamar la devolución de su dinero, incluso, cobrar intereses si no se lo devuelven en el tiempo establecido.

De inicio, las autoridades municipales no pueden realizar cobros por periodos superiores a cinco años, pues estarían incurriendo en un cobro excesivo, ya que existe una figura jurídica a la que se le llama prescripción, la cual se menciona en el Artículo 64 del Código Fiscal Municipal.

Dicho Artículo dice que ”las obligaciones ante el fisco municipal y los créditos a favor de éste por impuestos, derechos, productos o aprovechamientos se extinguen por prescripción en el término de cinco años. En el mismo plazo se extingue por prescripción la obligación del fisco de devolver las cantidades pagadas indebidamente”.

En caso de registrarse un cobro que supera los cinco años los ciudadanos podrán acudir a solicitar un recurso de amparo y el reembolso del pago excesivo realizado.

En caso de que el cobro indebido lo haga el Gobierno del Estado, el propio Código Fiscal de Durango establece en su Artículo 28 que “las autoridades fiscales están obligadas a devolver las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan de conformidad con las disposiciones fiscales. La devolución sólo podrá hacerse a petición del interesado, mediante cheque nominativo”.

Cuando se solicite la devolución, cita el Artículo 30, ésta deberá efectuarse dentro del plazo de tres meses siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal competente. El fisco deberá efectuar la devolución que proceda actualizada conforme a lo previsto en el Artículo 22 de este Código, desde el mes que se presentó la declaración o se efectúo el pago, hasta aquel en que la devolución se efectúe.

Si la devolución no se hubiera efectuado en el plazo de tres meses, las autoridades fiscales pagarán intereses que se calcularán a partir del día siguiente al de vencimiento de dicho plazo, conforme a una tasa que se aplicará sobre la devolución actualizada y que será igual a la prevista para los recargos en los términos del Código Fiscal del Estado.

Para que devuelvan el dinero

Según el Artículo 60 del Código Fiscal Municipal, para que el Ayuntamiento haga la devolución de cantidades pagadas indebidamente será necesario: Que el interesado haga la petición por escrito o aún de oficio. Que se dicte acuerdo de la Tesorería Municipal. Que el derecho para reclamar la devolución no se haya extinguido y, cuando se pida la devolución ésta deberá efectuarse dentro del plazo de 90 días siguientes a la fecha en que quede reconocido el derecho de peticionario. Si dentro de dicho plazo no se efectúa la devolución, el Fisco Municipal deberá pagar intereses en los términos que se establezcan en la Ley de Ingreso Municipal respectiva, computados desde que se constituya hasta la fecha en que se devuelva la cantidad de que se trata.

Según el Artículo 29 del Código Fiscal del Estado de Durango, el fisco estatal esta obligado a devolver actualizadas las cantidades pagadas indebidamente y no procederá la devolución cuando su monto haya sido recaudado por responsables solidarios o trasladado por el contribuyente que hizo el entero correspondiente, sin embargo; si la traslación se realiza en forma expresa, mediante la indicación en el documento respectivo de la cantidad, el tercero que hubiese sufrido la traslación, tendrá derecho a la devolución. Cuando el contribuyente obtenga resolución favorable ante su solicitud de devolución tendrá derecho a obtener del fisco el importe de la cantidad indebidamente pagada, así como el pago de intereses sobre los mismos, en los términos del Artículo 23 del Código Fiscal Estatal, sobre los mismos a partir de la fecha en que se efectuó el entero.

Leer más de Gómez Palacio

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Gómez Palacio

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

En caso de cobro indebido, exija a autoridades devolución del dinero

Clasificados

ID: 405684

elsiglo.mx