Sin validez. El IFE ha aclarado que aun cuando hubiera un alto porcentaje de votos nulos, la elección no sería anulada, dada la legislación mexicana actual. EL SIGLO DE TORREÓN / ARCHIVO
Hoy se celebrará en todo el país la jornada electoral para renovar la Cámara de Diputados.
En Coahuila, de acuerdo con los siete consejos distritales, se aprobó la instalación de tres mil 277 casillas entre básicas, contiguas y extraordinarias, 506 en el Distrito 05 y 449 en el 06.
El padrón para las elecciones que se realizarán este domingo consta de un millón 858 mil 735 personas, mientras que la lista nominal es de un millón 850 mil 63 ciudadanos que cuentan con su credencial de elector, de los cuales, 274 mil son del Distrito 05 y 273 mil del 06.
En Coahuila participarán 291 observadores electorales.
LOS DISTRITOS
En la Comarca Lagunera, se elegirá a los representantes por 3 distritos de Coahuila y uno por el lado de Durango.
El Distrito 06 corresponde a la zona urbana de Torreón, mientras que el 05 abarca el Centro y sur de la ciudad, además del área rural, y los municipios de Matamoros, Viesca y Parras.
El Distrito 02 de Coahuila es el que abarca a San Pedro y Francisco I. Madero, mientras que el 02 de Durango es en el que participan Gómez Palacio y Lerdo.
MATERIAL ELECTORAL
Según datos del Instituto Federal Electoral (IFE), a nivel estatal se cuenta con dos millones 492 mil 40 boletas que han sido resguardadas por elementos del Ejército Mexicano y que fueron distribuidas en cada una de las siete juntas distritales de Coahuila.
De acuerdo a la Ley electoral, el IFE proporcionó actas, boletas, marcadores y tinta indeleble a los presidentes de casilla, mismos que serán utilizados en el proceso de hoy.
Si tiene visitantes foráneos, recuerde que pueden votar en la casilla especial del IFE, ubicada en la Central Camionera de Torreón.
DENUNCIA ANTE FEPADE
Si durante el proceso electoral usted es testigo de arbitrariedades que se cometan para obtener más votos, es importante que los denuncie en la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), comunicándose al teléfono gratuito 01-800-833-72-33.
La Fepade señala que nadie puede comprar el voto ni obligar a otros a elegir a un determinado candidato, ni recoger la credencial de elector. Otras conductas irregulares son la amenaza de retirar algún programa social y desde luego que tampoco pueden obstaculizar dolosamente el desarrollo normal de las votaciones.
Sanción a los ministros de cultos religiosos, cuando en el desarrollo de actos públicos propios de su ministerio induzcan el voto o la abstención.
Delitos Electorales
Los delitos electorales son aquellas conductas que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función pública electoral federal. Están previstos y sancionados del Artículo 403 al 408 y del 411 al 413 del Código Penal Federal.
Dentro de la PGR existe la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), que es el organismo especializado responsable de atender en forma institucional, especializada y profesional, lo relativo a los delitos electorales federales.
Describe conductas prohibidas para cualquier personal, tales como:
A) Votar cuando no se tiene derecho;
B) Hacer proselitismo o presionar a los votantes en las casillas el día de la elección;
C) Comprar o comprometer, por cualquier medio los votos;
D) Obstaculizar, interferir o impedir el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales;
E) Recoger en cualquier tiempo, credenciales para votar;
F) Coartar o pretender coartar, de cualquier manera, la libertad de sufragio;
G) Violar la secrecía del sufragio;
H) Introducir o sustraer boletas o urnas, es decir, documentos o materiales electorales, del lugar que legalmente les corresponde;
I) Destruir o alterar boletas o documentos electorales;
J) Publicar resultados de encuestas o sondeos de opinión dentro de los 8 días previos a la jornada electoral.
Describe conductas prohibidas para los funcionarios electorales entre las que tenemos:
A) Altere, sustituya, destruya o haga un uso indebido de documentos del Registro Federal de Electores;
B) Abstenerse de cumplir su función, con perjuicio del proceso;
C) Obstruir el adecuado desarrollo de la función electoral;
D) Alterar los resultados electorales o sustraer y destruir documentos o materiales electorales;
E) Presionar o inducir el voto en las casillas;
F) Permitir o tolerar violaciones al voto;
G) Expulsar o retirar indebidamente de la casilla a los representantes de partido político o coalición;
G) Propalar noticias falsas sobre el desarrollo de la jornada o sus resultados.
Describe conductas similares a las de Funcionarios Electorales señaladas en el Artículo 405, dirigidas a funcionarios partidistas y candidatos, específicamente respecto de estos últimos, prohíbe obtener y utilizar en su campaña, fondos provenientes de actividades ilícitas.
Prevé conductas que los servidores públicos pueden cometer dentro o fuera del proceso comicial, desde el periodo de campañas y hasta la jornada electoral:
A) Obligar a sus subordinados a votar por un determinado candidato o partido político;
B) Condicionar la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas, a la emisión del sufragio a favor de determinado candidato o partido;
C) Cuando destine fondos, bienes o servicios a su disposición al apoyo de un candidato o partido; y
D) Cuando apoye a un partido político o candidato a través de sus subordinados, dentro de su horario laboral.
Describe conductas que puede desplegar cualquier persona por sí o en convivencia con funcionarios electorales, y que consiste en:
A) Alterar o participar en la alteración del Registro Federal de Electores o de los listados nominales, y
B) Participar en la expedición ilícita de credenciales para votar.
Describe la prohibición para funcionarios partidistas y organizadores de actos de campaña, de aprovechar los fondos, bienes o servicios que le destine ilícitamente el servidor público.
Este delito puede también cometerse fuera del proceso electoral cuando lo aprovecha un funcionario partidista.