Responsables. Las modificaciones al Artículo 15A de la Ley del IMSS obliga a las empresas de outsourcing a presentar los contratos de servicio los días 15 de enero, abril, julio y octubre,y vigilar el pago de seguridad social.
El IMSS va con todo contra las empresas de outsourcing. El plazo se termina hoy para que dichas compañías presenten, como lo marca la nueva Ley del IMSS, a más tardar el día 15 de cada enero, abril, julio y octubre, a presentar en forma detallada los contratos de prestación de servicios.
Los abusos cometidos antaño por estas compañías a nivel nacional también arrastran a los usuarios de estos servicios, ya que las modificaciones a la Ley del IMSS lo hacen responsable solidario ante el incumplimiento de la outsourcer en el pago de seguridad social para el trabajador.
Por varios años empresas del ramo tomaron como estrategia no otorgar las prestaciones de seguridad social a los trabajadores, por lo que se modificó el Artículo 15A de la Ley del IMSS en el mes de julio de 2009, en donde se establece que los usuarios de estos servicios serán corresponsables solidarios, es decir que tendrán que responder ante requerimientos que haga el Instituto por el incumplimiento en el pago de cuotas patronales a los trabajadores que le brindan el servicio.
Las empresas de outsourcing son definidas como aquellos negocios que absorben una plantilla de trabajadores de una compañía con el fin de bajar costos de operación, pero creando un nuevo registro patronal, por lo que dan de alta sus nuevos empleados con una cuota patronal inferior ante el Instituto.
Por ello, esta situación no afectará a los negocios que brindan los servicios de limpieza, vigilancia o soporte técnico en sistemas, entre otros, pero que no absorbieron una plantilla grande de empleados de la empresa a la que hoy dan el servicio.
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
Pese a que los abogados fiscalistas han precisado que los usuarios de estos servicios pueden deslindarse de esta responsabilidad laboral, Raúl Hernández García, subdelegado del IMSS en Torreón es claro en afirmar que esta responsabilidad solidaria no puede eliminarse con la firma de un contrato, en donde se precise que el negocio contrató los servicios y que no es el patrón de los trabajadores. Indicó que se tienen registradas mil empresas prestadoras de servicio en la plaza, de las cuales 100 de ellas son empresas de outsourcing.
Dijo que ya se tienen detectadas a nivel nacional aquellos negocios que han incumplido en el pago de obligaciones de seguridad social, pero no precisó cifras ni nombres, dado que se les está revisando.
Hernández García informó que las empresas de outsourcing deben presentar hasta hoy 15 de octubre los formatos autorizados en base a las reglas generales publicadas el pasado 8 de octubre en el Diario Oficial de la Federación.
Los formatos pueden bajarse directamente en la página de Internet www.imss.gob.mx .
Lo que recomiendan los abogados
Daniel Zavala Estrada, presidente de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (ANADE) sección Comarca Lagunera dijo, la nueva Ley busca proteger al trabajador de dichas empresas para que reciba sus prestaciones de seguridad social, por lo que obliga al usuario de servicios a ser responsable solidario ante cualquier incumplimiento en el pago de obligaciones por parte del prestador de servicios.
Ante ello, las empresas que contratan un servicio a terceros deberán presentar a más a tardar el 15 de octubre de 2009 el contrato de prestación de servicios en donde se precise que el patrón del trabajador es la prestadora de servicios, por lo que será él/la responsable del pago de obligaciones de seguridad social.
Recomiendan que el usuario del servicio realice una constante supervisión para constatar el pago oportuno de cuotas ante el IMSS y el Infonavit, por lo que sugieren pedir al momento de firmar el contrato de servicios una copia certificada ante notario público, en donde se demuestre que paga la seguridad social de trabajadores, ya que señala ¨somos responsables solidarios".
Otra de las recomendaciones hechas para enfrentar estas contingencias es pedir al prestador de servicios una fianza o retenerle una parte del pago y crear un fondo de contingencia para que en caso de incumplimiento se paguen las obligaciones de seguridad social. Al final del año se regresará el dinero en caso de no haberse aplicado.