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Libra la venta de viviendas pago del ISR

Sector protegido. Con esta consideración la expectativa es que la dinámica en el sector de la vivienda se mantenga el próximo año.

Sector protegido. Con esta consideración la expectativa es que la dinámica en el sector de la vivienda se mantenga el próximo año.

EL UNIVERSAL

 MÉXICO, DF.- El Congreso de México estableció nuevas reglas para la exención del pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) para la venta de casas. El Artículo 109 de la Ley del ISR establece que no pagará el impuesto corporativo la enajenación de una casa-habitación cuyo límite sea de un millón 500 mil Unidades de Inversión (Udis) -6 millones de pesos.

El límite no se aplicará si el enajenante demuestra haber residido en esa casa-habitación durante cinco años antes de la fecha de enajenación.

Las nuevas reglas establecen que el contribuyente deberá dejar pasar cinco años para poder exentar del ISR la venta de una casa-habitación. "La exención prevista en este inciso se aplicará siempre que durante los cinco años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación de que se trate el contribuyente no hubiera enajenado otra casa-habitación por la que hubiera obtenido la exención prevista", expuso el Artículo 109, fracción XV de la Ley del ISR.

Además, se debe jurar decir la verdad frente a un fedatario público, ante quien se protocolice la operación. La Ley del ISR fija que la exención se veía limitada para una segunda o posteriores ventas de casas que "se efectúen en igual año calendario".

La Ley establece que el fedatario público tendrá que consultar al SAT, a través de la página de internet, si el contribuyente ha enajenado alguna casa-habitación, durante cinco años previos a la enajenación de que se trate.

Empresas y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos podrán obtener ingresos por actividades distintas a las autorizadas, sólo si no exceden 10% de ingresos totales en 2010; si exceden el límite pagarán una tasa corporativa.

Los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas reducirán 25 por ciento el ISR, cuando en 2009 era de 32.14 por ciento, según dice el Artículo 81 de la Ley del ISR para 2010.

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