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Nace rebasada la Ley de extinción

Decomisos. El pasado 30 de octubre, la PGR anunció que se quedará con 9.9 millones de dólares.  ARCHIVO

Decomisos. El pasado 30 de octubre, la PGR anunció que se quedará con 9.9 millones de dólares. ARCHIVO

AGENCIA REFORMA

La Ley Federal de Extinción de Dominio es presumida en incontables promocionales del Gobierno como uno de los grandes logros de la reciente reforma penal, pero en la práctica es poco más que letra muerta.

La Ley entró en vigor el pasado 27 de agosto. Desde entonces y hasta el viernes 6 de noviembre, la PGR no ha presentado una sola demanda para quedarse con bienes de la delincuencia organizada, según datos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

El CJF creó un juzgado de distrito especializado para recibir estas demandas, pero en previsión de que no habría muchas, también lo puso a dictar sentencias en casos civiles y administrativos ordinarios, y a eso se ha dedicado.

Y es que la PGR sigue prefiriendo el método tradicional de la "declaración de abandono" de bienes incautados al narcotráfico, mediante el cual el Estado se queda con todo aquello que es asegurado y no es reclamado por sus dueños en un plazo de 90 días.

Sólo el viernes 30 de octubre, la dependencia publicó edictos en los que avisa que se quedará con 9.9 millones de dólares, 37 millones de pesos, siete avionetas Cessna, dos casas en Hermosillo y 32 vehículos, por mencionar algunos, si es que los propietarios no se presentan a reclamarlos.

Como los propietarios suelen ser delincuentes prófugos, nadie se presenta, y los bienes pasan al Estado porque así lo dispone el Código Federal de Procedimientos Penales.

La extinción de dominio, en cambio, es un juicio civil que si bien está diseñado para ser lo más rápido posible, no deja de ser un proceso contencioso que requiere demanda y contestación, y donde puede presentarse apelaciones y amparos.

Además, el Congreso incluyó en la Ley un "incidente preferente de buena fe", porque terceros afectados pueden demostrar ante el juez que sus bienes fueron usados para un delito sin su conocimiento.

"Todas las cosas materiales que no estén excluidas del comercio, ya sean muebles o inmuebles, y todo derecho real o personal, sus objetos, frutos y productos, susceptibles de apropiación", es como se define a los bienes sobre los que se puede ejercer la acción de extinción.

El jaloneo

La Ley de extinción de dominio fue el motivo de un gran debate político.

⇒ Esta legislación consiste en crear mecanismos para que el Estado se pueda apropiar de los bienes utilizados para delinquir y los que se obtengan de esta práctica.

⇒ La iniciativa fue enviada al Congreso por el Presidente Felipe Calderón el 18 de septiembre de 2008.

⇒ El PRI rechazó la iniciativa alegando de que no tenía candados para proteger a terceros inocentes.

⇒ El entonces dirigente del PAN, Germán Martínez, acusó al PRI de entorpecer la aprobación de la Ley por estar del lado del narcotráfico.

⇒ El PRI modificó 55 de los 70 artículos.

⇒ La Ley entró en vigor hasta el 27 de agosto.

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