Son pocos los rastros del país que cuentan con la tecnología moderna y el personal capacitado para realizar el sacrificio humanitario como lo indica la Ley Federal de Sanidad Animal. (DF. 23-Julio-2007)
Realmente la única dependencia o asociación que ha tenido interés y se ha ocupado seriamente de supervisar que la matanza se lleve a cabo de manera humanitaria, es la asociación civil denominada ANPALPA A.C. (Asociación Nacional para la Aplicación de Leyes de Protección a los Animales), que ha tomado la iniciativa para introducir los métodos de sacrificio humanitario en cerca de 400 rastros y mataderos del país; y resulta inverosímil que las autoridades correspondientes (SAGARPA y SALUD), no se hayan responsabilizado debidamente de continuar con esta labor iniciada por ANPALPA desde hace 30 años, puesto que finalmente a la autoridad le corresponde atender esta problemática y no a la sociedad civil, como ha estado sucediendo hasta la fecha.
Quedó científicamente comprobado que, a mejor trato y buen manejo de los animales destinados al sacrificio, se provocará menos estrés, menor pérdida de peso y se obtendrá mejor calidad y mayor cantidad de los productos cárnicos resultantes.
No debe existir diferencia entre los rastros TIF (Tipo Inspección Federal) y los rastros municipales o los particulares, en lo concerniente a buenas instalaciones, tecnología moderna, métodos de sacrificio, personal calificado, supervisión sanitaria, manejo higiénico de los productos y combate a la contaminación producida, ya que los productos obtenidos son destinados para consumo humano y su calidad e higiene deben ser escrupulosamente revisados en cualquier centro de matanza, llámese TIF, municipal o particular.
La única diferencia que debe existir entre los rastros TIF y los municipales, radica en el tamaño de las instalaciones, mismo que debe ser conforme a la cantidad de animales sacrificados diariamente, pero no en la tecnología y funcionalidad de las instalaciones, así como en la capacitación del personal que allí labore.
Se propuso la innovación de instaurar un sello de garantía de sacrificio humanitario, con lo cual el consumidor puede estar seguro de que el producto cárnico que va a comprar, proviene de animales que fueron sacrificados con los métodos humanitarios de previa insensibilización, para evitar al máximo el sufrimiento de los animales. Este sello puede ser adicional al de la inspección sanitaria.
Por otro lado, algunas de las circunstancias que deben tenerse en cuenta para el sacrificio de los animales se refieren a que los animales destinados al sacrificio deberán permanecer en los corrales del rastro público municipal, los propietarios de animales que deseen sacrificar su ganado de cualquier especie en el rastro, deberán manifestarlo a través de una solicitud presentada ante la administración, los solicitantes al presentar su manifestación, deberán expresar el número y especie de animales que deseen sacrificar, los propietarios de animales pagarán directamente a la administración los impuestos correspondientes del sacrificio, uso de corrales y peso de básculas propiedad del rastro, la entrada de ganado de cualquier especie, destinado al sacrificio a los corrales del rastro, se efectuará todos los días hábiles, dentro del horario que fije la administración. Por ningún motivo se permitirá la entrada de ganado a los corrales fuera del horario establecido. Introducidos los animales a los corrales, se considerarán al sacrificio, y si son retirados por sus propietarios, éstos no tendrán derecho alguno a exigir el reintegro de las cuotas pagadas. Cuando la administración se vea imposibilitada para prestar los servicios pagados por causas de fuerza mayor, podrán reintegrársele las cuotas pagadas.
El sacrificio de ganado de cualquier especie, principiará a la hora en que cada caso lo fije la administración, tomando en cuenta el número de animales manifestados.
A las áreas destinadas para labores de sacrificio, sólo tendrán acceso los empleados encargados de los trabajos de matanza, el personal de vigilancia comisionado y los encargados de la inspección sanitaria, así como las personas que expresamente autorice la administración.
La administración, por conducto del personal correspondiente, cuidará que las pieles, canales y vísceras, sean debidamente marcadas para que no se confundan las pertenencias, las pieles pasarán al departamento respectivo para su limpia y efectuada ésta, se entregarán a sus propietarios, los canales, vísceras y pieles, se entregan a los usuarios en los departamentos respectivos, mediant un recibo que firmarán los propietarios recibiendo de conformidad, de existir alguna inconformidad, deberán manifestarla en el mismo acto de recepción del jefe del departamento o bien en la administración, perdiendo todo derecho a hacerlo con posterioridad y cesando toda responsabilidad administrativa.
Si esto se hiciera comúnmente hábito en los rastros o mataderos del país, siempre tendríamos carne de calidad y la preservación de la salud pública estaría cumpliéndose cabalmente.