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Ordenan a IMSS pagar Impuesto Sobre Nómina

Fallo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el IMSS está obligado a pagar a los estados el Impuesto sobre Nómina.  ARCHIVO

Fallo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el IMSS está obligado a pagar a los estados el Impuesto sobre Nómina. ARCHIVO

EL UNIVERSAL

MÉXICO, DF- La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que las entidades federativas le puedan cobrar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) el Impuesto sobre la Nómina que generan sus trabajadores.

El IMSS tramitó un juicio de amparo para no pagar dicho impuesto que le fijó el Gobierno de Guanajuato.

Pero en una decisión que también perjudicará en el futuro a la propia Corte, la mayoría de ministros del alto tribunal determinó que el IMSS no está exento del pago de dicha contribución.

Y, por lo mismo, por 5 votos contra 3 -por la ausencia de tres ministros-, el Pleno de la Corte resolvió no amparar ni proteger al instituto, por lo que deberá pagar el impuesto que le fijaron en Guanajuato.

La medida de momento sólo tiene alcance para dicha entidad, pero sienta las bases para que posteriormente, con los mismos argumentos, otros estados de la República también le cobren el mismo Impuesto sobre la Nómina aplicable a los trabajadores que se desempeñan en su territorio.

Y lo mismo ocurrirá en el caso del alto tribunal, el cual, a petición de su ex presidente, el ministro Mariano Azuela, analizaba la posibilidad de que la Corte, el Consejo de la Judicatura Federal y todos los juzgados y tribunales federales del país dejaran de pagar dicho impuesto.

Pero ahora, con el nuevo criterio de la mayoría de ministros, el Poder Judicial de la Federación también tendrá que seguir pagando el ISN de sus trabajadores.

Los ministros precisaron que la finalidad del IMSS no es de carácter lucrativo, sino que por el contrario, atiende a la seguridad social, pero el solo hecho de pagar los salarios a sus trabajadores actualiza el hecho generador del impuesto, y por ello no son inconstitucionales los artículos 1 y 2 de la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato.

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