Agentes. Los agentes de seguros deben informar por escrito y de manera amplia y detallada a quien pretenda contratar un seguro. EL SIGLO DE TORREÓN / ARCHIVO
Antes de contratar un seguro, cualquiera que sea, usted deberá conocer cuáles son las funciones y obligaciones de los agentes de seguros.
De acuerdo con la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en México (LGISMS), se consideran agentes de seguros las personas físicas o morales que intervienen en la contratación de seguros mediante el intercambio de propuestas y aceptaciones, y en el asesoramiento para celebrarlos, para conservarlos o modificarlos, según la mejor conveniencia de los contratantes.
Los agentes de seguros deben informar por escrito y de manera amplia y detallada a quién pretenda contratar un seguro, sobre el alcance real de su cobertura y forma de conservarla o darla por terminada.
Asimismo deben proporcionar a las instituciones de seguros, la información auténtica que sea de su conocimiento relativa al riesgo cuya cobertura se proponga, a fin de que la misma pueda formar un juicio correcto sobre sus características y fijar conforme a las normas respectivas, las condiciones y primas adecuadas.
En el ejercicio de sus actividades, los agentes de seguros deben apegarse a las tarifas, pólizas, endosos, planes de seguros y demás elementos técnicos y contractuales utilizados y registrados por las instituciones de seguros ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).
Los agentes de seguros no pueden intervenir en la contratación de seguros cuando su intervención pueda significar situación de coacción o falta a las prácticas profesionales generalmente aceptadas en el desarrollo de la actividad.
En su afán de colocar negocios, los agentes de seguros no deben proporcionar datos falsos acerca de las instituciones de seguros, ni detrimentes o adversos en cualquier forma para las mismas.
Asesoría Legal
(ART. 142) REGLAMENTO DE AGENTES DE SEGUROS Y DE FIANZAS
Sanciones para agentes de seguros (cualquiera que sea)
Las sanciones administrativas por infracciones al Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas serán impuestas por la CNSF. Entre ellas destaca:
⇒ Se impondrá pena de prisión de seis meses a seis años y multa de quinientos a mil quinientos días de salario mínimo al agente que dolosamente o con ánimo de lucrar, oculte a la empresa aseguradora la existencia de hechos cuyo conocimiento habría impedido la celebración de un contrato de seguro.
Noticias relacionadas
Siglo Plus