Ley. Patrones deberán presentar su informe hasta el 21 del mes. JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ / EL SIGLO DE DURANGO
Nuevas obligaciones se han establecido en la Ley del Seguro Social para quienes realizan parte de sus actividades no sustantivas, a través de contratos con terceros, como pueden ser servicios de limpieza, vigilancia, elaboración de nóminas, mensajería, reclutamiento y selección de personal, soporte informático, relaciones públicas y otros servicios profesionales que prestan despachos o agencias.
La modificación se realizó el 9 de julio de este año y lo dio a conocer la Jefatura de Afiliación y Cobranza dentro del Instituto, que mencionó que la última fecha para presentar su informe será el 21 de octubre del presente año, de ahí la importancia y urgencia de que los patrones en esta situación presenten su informe ante el IMSS.
El formato que deberán requisitar los patrones, denominado "Información de los Contratos", a que se refiere el quinto párrafo del artículo 15 "A" de la Ley del Seguro Social, clave PS-1, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2009, junto con el acuerdo 194 del Consejo Técnico del IMSS donde se establecen las reglas generales para dar cumplimiento a esta obligación.
En caso de incumplimiento de obligaciones por parte de los prestadores de servicios, el beneficiario será solidariamente responsable, de no cumplir con lo marcado en la ley habrá una sanción correspondiente.
Esto con la finalidad de evitar o reducir la afectación de derechos a los trabajadores y obtener información útil para que el Instituto promueva el cumplimiento de obligaciones de los patrones omisos.