"Castigo. Justicia que los culpables
Aplican a los detenidos."
Elbert Hubbard
Nos han querido presentar la publicación de las reformas a las reglas sobre posesión de drogas como una liberalización. Dicen que están legalizando la posesión de drogas para consumo personal. La realidad es exactamente la contraria.
La legislación mexicana determinó desde 1978 que la posesión de droga para uso personal no es un delito. Lo que han hecho las modificaciones a la Ley General de Salud, el Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales es definir cantidades tan pequeñas para la posesión que se puede acusar de tráfico a cualquiera que tenga estas sustancias para consumo personal. Se busca así darle la vuelta a la propia ley que establece que en México se persigue el tráfico, pero no el consumo personal de drogas.
Las nuevas reglas señalan que la simple posesión de más de cinco gramos de marihuana, 500 miligramos de cocaína, 40 miligramos de metaanfetamina, dos gramos de opio o 50 miligramos de heroína será considerada como comercio de droga, aun cuando el comercio sea gratuito. La definición es absurda. Cinco gramos de marihuana equivalen a un máximo de cinco cigarrillos. ¿Consideraría usted como vendedor de tabaco a una persona que tuviera seis cigarrillos? El medio gramo de cocaína es también una cantidad muy pequeña. Una píldora de aspirina tiene 325 miligramos. ¿Consideraría usted como traficante a alguien que tuviera en su poder una pastilla y media de aspirina?
En lugar de redefinir así el tráfico de drogas, el Gobierno de México debería reconocer que busca perseguir a las personas por la simple posesión para consumo personal. Mientras esto hacen nuestras autoridades, la Suprema Corte de Justicia de Argentina decidió este 25 de agosto que castigar la posesión de drogas para consumo personal es inconstitucional. La misma decisión ha tomado una sala criminal del Tribunal de Justicia del estado de Sao Paulo en Brasil. El mensaje es que no deben penalizarse las conductas individuales asumidas libremente que no dañen a terceros. Así lo hace la mayoría de los países civilizados del mundo.
Mucha razón tienen los magistrados argentinos y brasileños. Es un despropósito castigar a alguien por el delito de utilizar de forma voluntaria alguna sustancia que sólo a él le hace daño. Más insensato es mandarlo a la cárcel por esta conducta. Si hay un lugar en nuestro país con gran disponibilidad de drogas es precisamente la cárcel. ¿Qué caso tiene mandar a una persona que consume drogas en libertad a consumirlas en una institución pública en que éstas se consumen todavía más y pagarle sus gastos de manutención?
Pero no sólo eso. Para castigar a una persona por usar una sustancia que no daña a nadie más que a él lo recluimos en una institución en la que muy probablemente será vejado, humillado, torturado, extorsionado y quizá violado y asesinado. Y ¿todo esto por su propio bien?
La nueva legislación establece una pena de cuatro a 10 años de cárcel a quien tenga más de 5 gramos de marihuana o medio gramo de cocaína. Esto significa que nuestras cárceles se llenarán cada vez más de personas que no han agredido ni robado a nadie. De los 33,648 "delitos contra la salud" registrados en el primer semestre de 2009, el 67 por ciento fue sólo por posesión.
Ya las cárceles del país se encuentran saturadas. Pero no hay que preocuparse. Quizá la solución sea dejar en libertad a los homicidas, secuestradores y violadores y dejar el espacio suficiente para quienes han agraviado la moral de nuestros gobernantes al usar drogas que no son ni café, ni alcohol, ni tabaco, ni fármacos de receta.
Ayer entró en vigor la nueva ley federal de extinción de dominio. El propósito es despojar de sus propiedades a las personas acusadas de un crimen antes de que un juez las declare culpables. México sigue fortaleciendo un sistema legal en que todos somos culpables, aun si comprobamos nuestra inocencia.