Ciclo por terminar. Restan varios meses de trabajo al actual sexenio estatal, no obstante la Secretaría de Contraloría y Modernización Administrativa se alista para el proceso de entrega-recepción.
La despedida está próxima. Diez meses restan a la actual Administración Estatal y la Secomad ya prepara el proceso de entrega-recepción.
María de Lourdes Nevárez Herrera, secretaria de la Contralor→ ía y Modernización Administrativa (Secomad), informa que el objetivo es terminar satisfactoriamente el plan de trabajo del 2009.
"Todavía hay mucho qué hacer porque sin duda alguna el año que entra la actividad será más intensa", expresa.
PREPARATIVOS La Contralora adelanta que en los próximos días se dará el inicio formal del proceso de entrega-recepción, aunque ya hay algunos avances.
"Se ha declarado por parte del Congreso del Estado que por iniciativa del titular del Ejecutivo hay un proyecto de reforma de la Ley de Entrega-Recepción y estamos trabajando sobre eso", revela.
Las modificaciones a la citada legislación van encamidas a precisar los pasos a seguir en la renovación de gobiernos. "En su momento cumplió con las expectativas pero como toda ley pierde vigencia, surgen nuevas oportunidades para crecer en el tema y sin duda alguna se busca acortar plazos o precisarlos. Por ejemplo, cuándo se inicia el proceso, pues antes no había una fecha definitiva", comparte.
Nevárez Herrera dice que aunque puede parecer que se preparan con mucha anticipación, la realidad es otra.
"Es un programa muy intenso, involucra una estructura muy robusta del Gobierno del Estado. Creo que estamos a tiempo", opina.
CONCEPTOS LEGALES
La entrega-recepción de los asuntos y recursos públicos es un proceso de interés público, de cumplimiento obligatorio y formal, que deberá efectuarse por escrito mediante acta administrativa en la que se describan el estado que guardan la administración de los entes obligados.
Así lo indica la Ley para la Entrega-Recepción de las Administraciones Públicas del Estado y Municipios de Durango.
El proceso inicia con la notificación que reciba la Contraloría o el Órgano Interno de Control, según corresponda, del cambio de un titular y concluye con la firma del acta respectiva, la cual deberá ser firmada a más tardar 30 días después del relevo del titular.
Entre varios puntos, el acta correspondiente debe establecer el estado financiero.
LOURDES NEVÁREZ
Contralora Estatal