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Presenta PSD queja ante IFE contra PVEM

Notimex

El Partido Socialdemócrata (PSD) solicitó al IFE iniciar la instauración de un procedimiento especial sancionador en contra del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) por la presunta compra de tiempo aire en televisión comercial.

El PSD argumenta que con ello se viola el periodo de intercampañas que prohíbe la transmisión de spots de partidos políticos.

En el escrito de queja, dirigido al secretario ejecutivo del Instituto Federal Electoral (IFE), Edmundo Jacobo Molina, se presentan como pruebas la difusión de un promocional en el que aparece la diputada federal, Gloria Lavara, en canales abiertos de Televisa y TV Azteca.

El representante del PSD ante el IFE, Miguel Medardo González Compeán difundió en 13 cuartillas el contenido del spot que inicia con la supuesta conversación entre un plagiario y la víctima.

Posteriormente, sobre un escenario que simula ser la tribuna del Congreso de la Unión, en medio de dos hombres sentados y con un adorno de fondo compuesto por la Bandera Nacional, similar a la que se utiliza en las tribunas del Congreso, aparece la diputada Lavara.

"Tenemos que darle al país las armas necesarias para acabar con esta plaga, por eso, diputadas y diputados del Partido Verde Ecologista de México presentamos una iniciativa de ley que castiga con pena de muerte a secuestradores y asesinos", asegura la legisladora en el promocional.

De acuerdo al PSD, dicho spot viola abiertamente la ley electoral, dado que en tiempos de precampañas no se puede difundir ningún promocional de partidos políticos, aún cuando el PVEM alegue que se trata de un 'informe de labores de los diputados'.

A su juicio y según apunta el documento, el spot en cuestión, "manipula la información haciendo creer que se trata de un informe de labores".

De acuerdo a lo establecido por el artículo 228 párrafo 5 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), los mensajes que destinados a promover informes de labores de los funcionarios públicos, podrán ser transmitidos solo una vez al año.

No obstante, "en un lapso de varios días y en horarios diversos fue detectada la transmisión de este promocional, situación que establece la presunción de que el spot fue proyectado a lo largo de esos dos días de manera continua en contravención a la ley", destaca el escrito de queja.

Su queja la basa también en el contenido del artículo 49 párrafo 3ø del Cofipe.

El cual señala que los partidos políticos, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, "en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión".

Tampoco podrán contratar, dicta el Cofipe, los dirigentes y afiliados a un partido político, o cualquier ciudadano, para su promoción personal con fines electorales, toda vez que la violación a esta norma es una conducta sancionable.

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