La Secretaría Ejecutiva advierte que los hechos son distintos a los que se tomaron en cuenta para el establecimiento de este nuevo procedimiento. (Archivo)
La Secretaría Ejecutiva del IFE presentó dos proyectos de sanción en contra de las televisoras TV Azteca y Televisa por el equivalente a 2 millones de pesos a cada una, por presuntas violaciones al Cofipe al dejar de transmitir las pautas de propaganda política el 7 y 8 de febrero pasados, en todas sus transmisiones de futbol.
La multa a Televisa es por 2 millones 250 mil pesos por no haber transmitido 42 spots los días señalados; a TV Azteca 2 millones de pesos por omitir la transmisión de 22 spots.
En ambos casos, la Secretaría Ejecutiva considera que la conducta de las televisoras reviste una gravedad especial.
Con ello, señala, "infringe los objetivos buscados por el Legislador al establecer un sistema electoral que permita a los partidos políticos, difundir entre la ciudadanía sus mensajes y programas, con el propósito de que la misma conozca los programas y postulados que estos despliegan en sus documentos básicos".
Por tanto, plantea ordenar a ambas televisoras, "subsanar la omisión", reponiendo la transmisión de los promocionales de los partidos en sus tiempos comerciales, en un plazo que no exceda el 11 de marzo, fecha en que concluyen las precampañas del actual proceso electoral.
En ambos casos, se propone dar "vista" a la Administración General de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria
Los dictámenes señalan que se busca "una medida ejemplar", para disuadir la posible comisión de infracciones similares en el futuro, evitando que las sanciones no resulten inusitadas, trascendentales, excesivas, desproporcionadas o irracionales o, por el contrario, insignificantes o irrisorias
Los proyectos fueron remitidos a los consejeros y representaciones de partido para convocar a sesión este viernes.
TV Azteca argumentó, entre otras cosas, que el documento que se les envió para requerir la información fue "impreciso, vago y contradictorio" en cuanto a su contenido.
Además, al analizar el contenido del primer oficio que se les había enviado -con motivo del primer procedimiento sancionador- interpretó que la transmisión de eventos deportivos no debía interrumpirse.
Por tal motivo -dice TV Azteca- "se tomó la determinación de no realizar las transmisiones motivo de controversia pues en dichas fechas y horas se transmitieron diversos eventos deportivos".
Por tanto sugiere que "el asunto debería sobreseerse por las mismas razones que se expresaron en el Consejo General de Instituto Federal Electoral en la sesión del trece de febrero próximo pasado".
Desde su punto de vista, la controversia entre las televisoras y el Instituto Federal Electoral quedaron subsanadas con el acuerdo firmado por la propia institución electoral con la Cámara Nacional de Radio y Televisión y que estima que no hay diferencia entre el caso resuelto en el expediente SCG/PE/CG/010/2009.
Sin embargo, la Secretaría Ejecutiva advierte que los hechos son distintos a los que se tomaron en cuenta para el establecimiento de este nuevo procedimiento.
En el primer caso, las violaciones imputadas sustancialmente consistieron en el hecho de haber incluido una cortinilla previo a la transmisión de los promocionales, además de que los mismos fueron transmitidos en bloque.
En el segundo caso, los hechos denunciados consisten en la omisión de transmitir diversos promocionales de los partidos políticos y de las autoridades electorales los días 7 y 8 de febrero.