Diputadas federales del PAN presentaron la iniciativa de Ley de Paternidad Responsable, que establecerá como obligatoria la prueba de ADN y restringirá la movilidad de padres deudores de pensión alimentaria.
"El reconocimiento de una hija o hijo nacido fuera del matrimonio, deberá hacerse de alguno de los modos siguientes: en la partida de nacimiento, ante el juez del Registro Civil; por resolución administrativa del juez del Registro Civil, como resultado positivo de la prueba de ADN", destacó la iniciativa.
Durante la sesión ordinaria en San Lázaro, la diputada federal del PAN Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, expuso que se establece la presunción de paternidad a favor de las, niños y adolescentes, salvo que la prueba de ADN sea negativa, para protección del interés superior de la infancia.
En tribuna, indicó que la obligación paterna opera de igual manera para hijos concebidos dentro y fuera del matrimonio. "Si al efectuar el registro de nacimiento de una niña o niño nacido fuera de matrimonio, comparece solamente la madre, y ésta declare el no reconocimiento del padre, podrá solicitar el inicio del procedimiento sobre presunción de paternidad en la oficina del Registro Civil", agregó.
En caso de que en la comparecencia del presunto padre se advierta el no reconocimiento de la paternidad de la niña, niño o adolescente, el Registro Civil procederá de la siguiente manera:
"Se solicitará a la Procuraduría General de Justicia del Estado que programe una cita a la niña el niño o adolescente y al presunto padre señalado, para que les sea practicado un estudio comparativo de marcadores genéticos", explicó Díaz de Rivera.
La legisladora del PAN precisó que en caso de ser positivo el resultado de las pruebas de comparativos de marcadores genéticos, el padre deberá pagar el costo de los estudios. Y en el supuesto de dar negativo el resultado, dijo, la madre de la niña, el niño o adolescente deberá realizar el pago de las pruebas.
Una vez que quede debidamente registrada administrativamente la niña, niño o adolescente en el Registro Civil, la madre podrá iniciar un incidente de gastos en contra del padre ante el Juez Familiar que corresponda.
En el cual, añadió, de ser procedente no podrá ser inferior al pago de los gastos de embarazo, maternidad, puerperio y alimentos.
El proyecto de ley prevé que ningún deudor de pensión alimentaria de una o más niñas, niños o adolescentes, con un retraso de tres o más mensualidades de la pensión alimentaria podrá salir del país.
La iniciativa presentada por Acción Nacional (PAN) fue turnada a comisiones.