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Reforma patronal

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BALANCE GENERAL

En lo que a simple vista parecería un capítulo cotidiano en el escenario de la crisis, en este momento se ventilan en Monterrey tres mil juicios laborales por supuestos despidos injustificados, colocándose en la mesa la posibilidad de indemnizaciones millonarias

El problema, ¡válgame Dios!, es que en ningún caso se trata de conflictos reales. Más aún, en lo que pareciera un capítulo de alguna novela de Kafka, los demandantes nunca han laborado en la empresa a la que reclaman.

La rendija la abrió uno de los artículos más controvertidos de la Ley Federal del Trabajo, que coloca sobre el demandado el peso de la prueba. Vamos, la personalidad no la acredita el quejoso, sino la contraparte.

En el camino, naturalmente, se abre la posibilidad de transar... por cansancio de la firma

Ahora que del lado de los trabajadores de confianza también hace aire. Hete aquí existen litigios en los que ex ejecutivos de empresas reclaman indemnizaciones de hasta 78 millones

En el escenario, los patrones están reclamando caminar hacia el extremo opuesto en la multianunciada reforma a la Ley Federal del Trabajo, bajo la premisa de que ésta fue rebasada por la realidad.

Se diría que le ponen sustancia a la vaga exhortación de la Secretaría del Trabajo al Congreso para "flexibilizar la contratación laboral", tras la entrega de un resumen de las 265 iniciativas que históricamente han pasado a la congeladora.

De acuerdo al despacho de abogados al servicio a la causa empresarial, Basham, Ringe y Correa, por ejemplo, el nuevo escenario debería recoger en letra de molde la posibilidad de los paros técnicos ya con modificación de salarios o sin ella, legalizando una realidad.

En paralelo, se plantea abrir la posibilidad de una suspensión colectiva de las relaciones de trabajo, es decir cancelar provisionalmente la obligación de los trabajadores de prestar un servicio, y la de los patrones de cubrir un salario.

Los causales hablan de casos fortuitos no imputables al patrón, por ejemplo un cambio brusco de la situación económica del país.

Más allá, se justificaría cuando la empresa alcanzara un exceso de producción con relación a las condiciones económicas y circunstancias del mercado, bajo el prisma de los llamados Conflictos Colectivos de Naturaleza Económica.

En el mismo sentido, se suspenden la relación obrero-patronal por falta de fondos e imposibilidad de obtenerlos para la prestación normal del trabajo.

Ahora que de demostrar el patrón que se llegó al fin del callejón, la Junta de Conciliación y Arbitraje determinará el monto de la indemnización a los trabajadores

Sin embargo, la propia junta evaluará en que momento la empresa estaría en opción de reabrir sus puertas.

Por lo pronto, se plantea modificar las reglas para los Conflictos Colectivos de Naturaleza Económica, como el emprendido por Mexicana de Aviación contra sus trabajadores de servicio en vuelo, rechazándose, de entrada, la posibilidad de suspenderlo en caso de huelga.

Más allá, se considera inequitativo el que el sindicato pueda decidir si lo somete el arbitraje a la Junta de Conciliación, en tanto, del otro lado de la moneda, la empresa está obligada a probar la necesidad de la medida.

Los requisitos previos plantearían un proceso de negociación con el sindicato y los trabajadores de confianza, y la presentación de un convenio de modificación del Contrato Colectivo de Trabajo, sea temporal o por tiempo indefinido.

Más allá, se elaboraría un convenio individual de modificación de las condiciones de trabajo.

Desde otro ángulo, la exigencia habla de colocar en letra de molde el papel de las llamadas empresas outsourcing, es decir aquellas que subcontratan las empresas para prestar servicios específicos.

La exposición de motivos señala que se trata de firmas que mantienen esquemas de prestaciones "más competitivas", lo que se traduce como menor carga laboral.

Sin embargo, aunque se habla de actividades específicas en el proceso productivo como limpieza, seguridad, cafetería

Los contratos para las outsourcing los verificaría la Secretaría del Trabajo.

Adicionalmente, a juicio del despacho Bashan, Ringe y Correa, cuya presencia en el país se remonta a 96 años, con oficinas en la capital, Monterrey y Querétaro, bajo el nuevo marco laboral se debe permitir la posibilidad de contratar a trabajadores por obra en tiempo determinando, además de abrir el escenario para liquidar la antigüedad.

Más allá, las relaciones de trabajadores se podrían suspender de manera individual vía la firma de un simple convenio.

Reforma patronal.

Lanzadas las fanfarrias al vuelo por lo que se ubicó como la gran reforma de Pemex, hete aquí que la situación de la paraestatal de cara al fisco se mantuvo intacta, lo que agravó las pérdidas de ésta durante el año pasado.

A pesar de que el rendimiento antes de impuestos de la empresa pública había llegado a 662 mil millones de pesos, el monto de éstos, a la par de aprovechamientos y derecho se alcanzó 722 mil millones.

Digamos que le faltaron 10 mil millones para quedar tablas.

Y si le seguimos, la paraestatal registró pérdidas cambiarias por 68 mil millones.

En total, los números rojos llegaron a 109 mil millones, por más que el promedio ponderado del barril de la mezcla mexicana alcanzó 84.3 dólares.

Peor aún, la empresa pública araña un escenario de quiebra técnica, dado que mantiene sus activos en un billón 227 mil millones de pesos, en tanto sus pasivos alcanzan un billón 200 mil millones.

 AXTEL SÍ

La noticia es que la firma de telefonía fija Axtel recibió finalmente autorización para entrar al llamado triple play, es decir agregar a su canasta el servicio de video.

La buena nueva, sin embargo, llegó dos años después.

Naturalmente, el escenario le da balas en la cartuchera a Teléfonos de México para pelear por lo mismo, alegando ahora trato discriminatorio.

Como usted sabe, las firmas proveedoras de televisión por cable llevan varios meses de ofrecer además servicios de telefonía e Internet.

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