Durango

Responsabilidad por diagnóstico erróneo

Colaboración

En esta ocasión les hablaré de un caso hipotético de responsabilidad patrimonial: un derechohabiente del ISSSTE, al comenzar a tener problemas para caminar, acudió a la clínica, en donde fue atendido por un Ortopedista, quien solamente le recetó analgésicos para el dolor, dando citas espaciadas, durante dos años le diagnosticó “tlalgia y acortamiento del pie derecho en cuatro milímetros”, indicándole un tratamiento ortopédico, al no resultar, el mismo especialista diagnosticó “genu valgo, acortamiento derecho”, luego cambió su diagnóstico a “pie valgo, acortamiento derecho”, a “lumbalgia”, después al diagnóstico de “lumbalgia crónica”; por lo que consultó a un cirujano traumatólogo ortopedista, quien le mandó sacar placas de columna y cadera, y ya con resultados en mano le dijo que tenía desgaste en la cadera, diagnosticándolo como “coxartrosis” y que solamente se podía curar con cirugía, implantándole una prótesis. Con el diagnóstico y los estudios ordenados por el doctor particular, acudió de nueva cuenta con el ortopedista de la clínica del ISSSTE, para mostrar que estaba equivocado en sus diagnósticos, que lo que tenía era “coxartrosis” y que necesitaba un pase al hospital con el especialista en cadera, pues le tenían que hacer una cirugía para colocarle una prótesis en la cadera derecha, sin embargo solamente obtuvo cita con el especialista en columna, quien le mandó hacer estudios para corroborar el diagnóstico de coxartrosis y darle cita seis meses después. Decidió comprar la prótesis, para que el médico particular le practicara la cirugía de cadera, los gastos que tuvo que realizar para la adquisición de la prótesis como por la cirugía, no le correspondía realizarlos, pues al ser beneficiario del seguro de servicios médicos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, debió ser intervenido quirúrgicamente por ese Instituto, otorgándole la prótesis requerida de manera urgente por el peligro de daño irreversible en su cadera, esto es, de daños permanentes en sus caderas dado que existían principios de afectación a la otra cadera también. En casos como el expuesto, puede ser atendido por un asesor jurídico del Instituto Federal de Defensoría Pública, por lo que es importante que acuda personalmente con alguno de ellos y traer consigo la documentación relacionada con su asunto, si considera encontrarse en una situación como la que hoy mencionamos, acuda a las oficinas del Instituto Federal de Defensoría Pública, Delegación Durango, en el Palacio Federal Ala Norte, Tercer Piso, y Ala Sur Planta Baja en la Ciudad Industrial, o bien, en los teléfonos 618-814-81-56, 618- 814-70-71, 618-814-25-55 y 01-800-500-75-90, con la confiabilidad de que se le otorgará un servicio de calidad y calidez, estamos a sus órdenes en un horario de atención al usuario de las 9:00 a las 15:00 horas y de las 17:00 a las 20:00 horas de lunes a viernes.

Lic. Roberto Ponce de León Félix

Titular de la Delegación Durango

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