Transparencia. La Tesorería Municipal informó que 'para no dar cifras al aire' será el día de hoy cuando cuente con los datos de los adeudos en cada una de las instituciones así como los pagos realizados a la fecha.
Aunque instituciones como Fonacot, Promobien (Famsa) y Caja Libertad tienen cancelado el crédito a trabajadores del Ayuntamiento de Gómez Palacio por adeudos que este último tiene, el alcalde Mario Calderón Cigarroa mencionó que "se están haciendo los pagos correspondientes y acuerdos con las empresas y convenios".
El alcalde mencionó que la falta de pago "fue una falla administrativa" de la Tesorería Municipal, misma que "es un problema que se tiene que resolver pronto".
El alcalde mencionó también que Tesorería cuenta con información que justifica lo anterior.
El Siglo de Torreón solicitó ayer una entrevista con el tesorero municipal Luis Felipe Cantú Robles, para aclarar el motivo de los retrasos en pagos por parte del Municipio. La autoridad mencionó que será hasta el día de hoy cuando pueda ser más específico en cuanto a los montos que se adeudan para evitar informar cifras poco confiables.
Como se informó con oportunidad, el Municipio descuenta puntualmente del salario de los trabajadores municipales el dinero correspondiente al pago de sus prestaciones como el uso del crédito Fonacot, Promobien (Famsa) y Caja Libertad, pero el Ayuntamiento a su vez no paga a dichas instituciones.
Debido a lo anterior los empleados han recibido notificaciones de embargo mientras que otros trabajadores están imposibilitados de ejercer sus prestaciones por la cancelación de créditos.
Ayer, la Dirección de Comunicación Social informó que según la Tesorería Municipal hay una divergencia entre los montos que dichas instituciones aseguran que se les debe y los montos que el Ayuntamiento tiene registrado deber, por lo cual el día de ayer no podría dar a conocer inmediatamente estas cifras.
Debido a la reducción de estas prestaciones del salario de los trabajadores y la falta de pago del Ayuntamiento a las instituciones el Municipio no sólo estaría incumpliendo con el contrato colectivo de sus trabajadores sindicalizados sino también con el derecho de empleados de confianza.
Lo anterior porque según el Artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo es causa de rescisión de la relación de trabajo y sin responsabilidad para el trabajador: "Incurrir el patrón, sus familiares o su personal directivo o administrativo, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez [...]", al igual que "Reducir el patrón el salario del trabajador".
Esto significaría que los empleados municipales podrían incluso demandar al Ayuntamiento si logran comprobar que han hecho sus pagos y que se han visto afectados por la omisión de la autoridad.
MARIO CALDERÓN C.
Alcalde de Gómez Palacio
Otras causas
Según la Ley Federal del Trabajo:
⇒ En su Artículo 110 menciona que los descuentos en los salarios de los trabajadores están prohibidos salvo en ciertos casos. Entre ellos: "Pago de deudas contraídas con el patrón por anticipo de salarios, pagos hechos con exceso al trabajador, errores, pérdidas, averías o adquisición de artículos producidos por la empresa o establecimiento", y "Pago de cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro, siempre que los trabajadores manifiesten expresa su conformidad".