Primeramente. Si desea comprar o vender un predio o terreno, deberá revisar que la propiedad esté registrada y que no tenga adeudos. EL SIGLO DE TORREÓN /
Si desea comprar o vender un terreno o una casa, deberá revisar si dicha propiedad está debidamente registrada, pues de lo contrario dicha transacción puede retrasarse. Es decir, quien adquiere un inmueble deberá acudir al Registro Público de la Propiedad y de Comercio para realizar el cambio de propietario, de tal forma que dicha propiedad quede registrada en los libros de la citada dependencia con la actualización de sus datos.
El procedimiento es útil al propietario del terreno o inmueble al hacer un testamento y acreditar la posesión.
Lo mismo sucede cuando en algún caso extraordinario, es necesario el dar en garantía o hipotecar alguna propiedad, para concretar dicho procedimiento será necesario acreditar que dicho patrimonio está debidamente registrado a nombre de quien realiza la hipoteca. Por lo tanto las partes involucradas en dicha acción deberán cerciorarse de la propiedad.
Este procedimiento otorga certeza jurídica a los contribuyentes, que les garantiza la Ley del Registro Público de Durango.
Según la legislación vigente, en su Artículo 28 detalla que "dentro del plazo de tres días a contar del que se reciba un documento para su registro, se examinará para ver si tiene el carácter de inscribible y si reúne los requisitos necesarios para ser inscrito de acuerdo con las disposiciones del Código Civil", se contará con cinco días hábiles para realizarlo.
Asesoría Legal
Requisitos
Al adquirir inmueble y para cambio de dueño:
⇒ Testimonio de compra-venta.
⇒ Certificado de libertad de gravamen, planos, traslado de dominio, pagar impuestos y derechos registrales.