Un delincuente acusado de homicidio calificado, sí puede ser condenado a purgar una sentencia de 20 a 50 años de prisión, ya que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinaron que esta sanción prevista en la legislación del Distrito Federal es constitucional.
La Primera Sala del Máximo Tribunal del país emitió esta resolución, al confirmar la sentencia de un juez, y rechazar el amparo que interpuso la defensa de un presunto asesino, cuya defensa argumentó que esta sanción era "desproporcionada" y que era contraria a la Constitución Política del país.
A través de un comunicado, la SCJN informó que tras analizar un juicio de amparo, los ministros concluyeron que "es constitucional la pena de prisión de 20 a 50 años a quien cometa homicidio calificado", ya que el artículo 128 del Código Penal para el Distrito Federal "no vulnera el principio de proporcionalidad", previsto en el artículo 22 de la Carta Magna.
De acuerdo con la resolución de los ministros, si bien el delito de homicidio en su forma básica prevé una pena de ocho a 20 años de prisión, "es evidente que el legislador -atendiendo la naturaleza del ilícito, la suma importancia del bien jurídico protegido y la forma especial de ejecución- consideró sancionarlo más drásticamente, ya que en el caso del delito de homicidio calificado es más reprochable la conducta desplegada".