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Afinan Senado la Ley de Quiebras

EL UNIVERSAL

 MÉXICO, DF. - Diputados y senadores analizan lo que será la Ley de Quiebras Bancarias, en la que se definirán los pasos a seguir en caso de que se liquide una institución.

El proyecto final se discute en comisiones y se presentará para su aprobación en septiembre.

El documento que incluye reformas a la Ley de Instituciones de Crédito, a la de Concursos Mercantiles, de Protección al Ahorro Bancario y a la Ley de Amparo, precisa los tiempos y las acciones que se tomarán para la quiebra de un intermediario. En principio, el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) podrá organizar a las instituciones, pero sólo para celebrar operaciones de transferencia de activos y pasivos.

La iniciativa especificó que la posibilidad de que el IPAB opere a un banco tendrá la duración de un año, a prorrogarse por un mismo periodo, si así lo aprueba la asamblea de accionistas.

En la ley se incorpora la figura de régimen de operación condicionada, que aplicará a entidades que tengan un crédito con el Banco de México y que esté pendiente de pagar, o bien si el préstamo se garantizó con acciones representativas de su capital social. Como primer paso para la quiebra de un banco, el IPAB solicitará al juez la declaración de liquidación judicial, quien emitirá la sentencia de quiebra basado en un dictamen; el instituto realizará el reconocimiento y graduación preliminar de adeudos, así como la enajenación de activos. En una segunda fase, el juez emitirá la sentencia de reconocimiento y graduación de acreedores.

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