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Aprueban 'renta' de úteros en Distrito Federal

Salud. El pleno de la ALDF aprueba la Ley de Gestación Subrogada para el Distrito Federal a un año de presentarse la propuesta. En la imagen, la presidenta de la Comisión de Salud, Maricela Contreras, entre otros.

Salud. El pleno de la ALDF aprueba la Ley de Gestación Subrogada para el Distrito Federal a un año de presentarse la propuesta. En la imagen, la presidenta de la Comisión de Salud, Maricela Contreras, entre otros.

EL UNIVERSAL

El pleno de la Asamblea Legislativa aprobó la Ley de Gestación Subrogada para el Distrito Federal, luego de un año de haberse presentado la propuesta.

La presidenta de la Comisión de Salud de la ALDF, Maricela Contreras, enfatizó que esta ley sólo contempla atender el problema de infertilidad en mujeres solteras, que vivan en matrimonio o no estén casadas.

"Es una ley que está atendiendo sólo el problema de la infertilidad, pero también dejamos en el Artículo dos, de manera muy clara, que las mujeres que tengan algún problema de infertilidad distinta a la establecida también tendrán acceso a este procedimiento", dijo Contreras Julián.

La diputada aclaró que no se trata de discriminar a nadie, sino que la nueva legislación sólo está centrada en la infertilidad de las mujeres. "No es un acto de discriminación. Ésta es una ley que atiende únicamente y exclusivamente el problema de infertilidad, no atiende ni revisa otros problemas de reproducción asistida", precisó.

Según contempla la Ley de Gestión Subrogada, las mujeres que deseen prestar su útero deberán de contar con un certificado de salud en el que se acredite que cumplen con los requisitos para ser la madre gestante y sólo podrán hacerlo en dos ocasiones.

Los involucrados en este proceso deberán suscribir y cumplir con un contrato el cual se firmará ante notario público. De no cumplir con lo establecido, será un juez de lo familiar el que determine las sanciones civiles y penales a las que se harán acreedores.

Este contrato también establece que el préstamo del útero debe de realizarse sin fines de lucro, y que los gastos del embarazo, desde los exámenes previos, la gestación, el alumbramiento y el puerperio (cuarentena), correrán a cargo de los solicitantes.

Maricela Contreras indicó que este procedimiento se podrá realizar en cualquier hospital público o privado, siempre y cuando cuente con la infraestructura necesaria.

La legisladora reiteró que el certificado de salud de la madre gestante y el contrato firmado por los tres involucrados serán requisitos indispensables para que se pueda dar inicio a la gestación de un bebé.

Una vez que concluya el proceso de gestación, se emitirá un certificado de alumbramiento el cual se registrará con el nombre de la mujer que aportó su óvulo y del hombre que donó el espermatozoide, señaló la legisladora.

No se generará ningún parentesco entre la mujer gestante y el menor.

Contreras agregó que parejas infértiles originarias de otros estados podrán recurrir a la gestación subrogada.

 MARICELA LUJÁN

Presidenta de C. de Salud

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Escrito en: infertilidad renta de utero

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