Durango

Atienden ley sólo si quieren

Cooperativas.  Al interior de las escuelas sigue la venta de alimentos de bajo contenido nutricional; no hay sanciones aún.

Cooperativas. Al interior de las escuelas sigue la venta de alimentos de bajo contenido nutricional; no hay sanciones aún.

CAROLINA HEREDIA

A voluntad de las escuelas es el cumplimiento de la Ley de Educación en Materia de Organización y el Funcionamiento de los Centros de Distribución de Alimentos en los Centros Escolares de Educación Básica del Sistema Estatal de Educación.

Al menos así lo reflejan las verificaciones sanitarias en los centros expendedores de alimentos; este ciclo escolar apenas van 12 primarias, de al menos cinco mil que existen en el estado de todos los niveles educativos.

Martín Rocha Hernández, titular de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado (Coprised), explicó que de los 12 planteles verificados, en cuatro se expendían alimentos de alto contenido calórico y en grasas, mejor conocidos como "chatarra"; los ocho restantes respetan el reglamento vigente desde el año 2008, pero afuera de las escuelas los menores tienen acceso a los productos en puestos ambulantes.

 SIN SANCIONES

Aunque el reglamento estatal de alimentos en cooperativas escolares sí contempla sanciones, como la suspensión temporal o definitiva del permiso, no se ha aplicado ninguna hasta el momento.

Rocha Hernández explicó que la aplicación de la ley se dará en tres etapas en las acciones correspondientes a la Coprised: la difusión y promoción de la misma, la verificación y apercibimiento y, por último, la sanción.

El artículo 41 de la ley marca como sanción por violación al reglamento la clausura temporal del centro de alimentos por cinco días hábiles o la suspensión definitiva.

El Comisionado agregó que podrían alcanzar multas económicas de uno a 16 mil salarios mínimos.

La Coprised no puede ingresar a cualquier plantel y verificar los alimentos pues sólo acude a los que lo solicitan; la ley no la faculta.

Aclaró que no es obligatorio el cese de la venta de productos con bajo contenido nutricional y el reglamento es una ley de observancia.

Según listas de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), los alimentos más consumidos en las cooperativas escolares son las frituras de harina; le siguen los refrescos y después las sopas instantáneas.

 LA NORMATIVA REAL

Al inicio del presente ciclo escolar a nivel federal se emitió una disposición que también está vigente en Durango; se trata de la comercialización de alimentos catalogados como poco nutritivos en presentaciones de 30 a 50 gramos.

Esta norma se unió a la ley estatal promovida por el DIF Estatal, a quien le corresponde vigilar el contenido nutricional de los alimentos, mientras la Coprised se encargaría de las normas sanitarias y la Secretaría de Educación del Estado (SEED) de brindar los permisos.

Rocha Hernández enfatizó que para la aplicación de la ley estatal así como en un futuro, de la ya aprobada Ley Antiobesidad, deberán coordinarse la Secretaría de Salud (Ssa), la SEED, Salud Pública, el Ayuntamiento y los expendedores de alimentos en la vía pública cercanos a escuelas para que cambien de giro, cuestión nada fácil pues el comercio es a la vez su medio de supervivencia.

DIF Estatal

El 7 de febrero de 2008 se publicó la Ley de Educación en Materia de Organización y el Funcionamiento de Cooperativas Escolares.

La Cofemer

Publicó los Lineamientos Generales para el Expendio o Distribución de Alimentos y Bebidas en los Establecimientos de Consumo Escolar en Primaria este año.

Federal

La semana pasada fue aprobada la Ley Antiobesidad en el Senado de la República; se espera que el 15 de diciembre la apruebe el Congreso de la Unión.

El inicio

La Coprised reconoce una labor compleja en la reglamentación de los alimentos al interior de las primarias y espera mayores atribuciones.

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